Usted está aquí: viernes 14 de septiembre de 2007 Política Reforma fiscal, aprobada con IETU y gasolinazo

En 2009 el litro de Magna habrá aumentado 36 centavos

Reforma fiscal, aprobada con IETU y gasolinazo

Los diputados avalaron la ley para depósitos en efectivo

Enrique Méndez y Roberto Garduño

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó la reforma fiscal que dotará al gobierno de Felipe Calderón Hinojosa de recursos adicionales por 114 mil millones de pesos, que equivalen a uno por ciento del producto interno bruto (PIB) en el primer año de su aplicación. Los legisladores votaron en favor del incremento al precio por litro de gasolina y diesel, que será de 2 centavos a la Magna, 2.44 centavos a la Premium y 1.66 centavos al diesel, mensualmente.

Es decir, entre enero de 2008 y junio de 2009 esos combustibles habrán aumentado su precio en 36 centavos por litro de gasolina Magna, 43.92 centavos de Premium y 29.88 de diesel. Así, al final de la aplicación del gravamen, por cada tanque de gasolina Magna de 40 litros un consumidor pagará ocho pesos más, mientras que en el caso de la Premium, 9.76.

Durante la sesión ordinaria de ayer, el pleno también aprobó el decreto por el cual se expide la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), que será aplicado a las personas físicas y morales de acuerdo con los ingresos que obtengan, independientemente del lugar en que éstos se generen.

Este gravamen se aplica bajo el cálculo de una tasa de 17.5 por ciento a la cantidad que resulte de disminuir la totalidad de los ingresos percibidos por las actividades económicas que los contribuyentes realicen. Durante el ejercicio fiscal de 2008 se aplicará una tasa de 16.5 por ciento, en 2009 se incrementará a 17 y a partir de 2010 se ajustará a 17.5 por ciento.

Para calcular el monto del IETU, se considerará ingreso gravado el precio o la contraprestación a favor de quien enajene un bien, preste un servicio independiente u otorgue el uso o goce temporal de bienes, así como las cantidades que además se carguen o cobren al adquiriente por impuestos o derechos, a cargo del contribuyente, intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto.

Al someterse a votación las reformas a la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), el Código Fiscal de la Federación, la ley del IEPS y a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), se estableció una limitación a la deducibilidad del pago del impuesto empresarial a donativos hasta por una cantidad que no exceda 7 por ciento de la utilidad fiscal obtenida por el contribuyente, en el ejercicio inmediato anterior a aquel en el que se efectúe la deducción, y en el caso de las personas físicas, el mismo monto de sus ingresos acumulables que sirvan de base para calcular el ISR.

También se aprobó la propuesta para que los ingresos obtenidos por la persona o grupo de personas que directa o indirectamente tengan acciones en la Bolsa Mexicana de Valores, no estén exentos del pago del IETU cuando enajenen, durante un periodo de un año, el 10 por ciento o más de sus acciones en operaciones simultáneas o sucesivas.

“El fin de la propuesta de esta comisión no es gravar a los accionistas que tengan el 10 por ciento o más de las acciones de una emisora, por el hecho de tener ese porcentaje, sino lo que busca es gravar las operaciones de enajenación de acciones que representen 10 por ciento o más de las acciones de la emisora, las cuales están obligadas a revelar estos accionistas de acuerdo a la Ley del Mercado de Valores”, señala el dictamen aprobado ayer.

La Cámara determinó que en el caso de que un contribuyente sea declarado en concurso mercantil por los tribunales competentes, el cobro del IETU que se genere durante el proceso se suspenderá desde que haya sido emitida la declaratoria hasta que se firme el convenio con los acreedores o se decrete la quiebra.

La Comisión de Hacienda, y posteriormente el pleno, estimó imprudente aplicar la aplicación de un monto de IEPS a la enajenación e importación de pinturas en aerosol, ya que los recursos que se obtendrían no serían significativos, en tanto que los gastos de administración para las autoridades fiscales, así como para los contribuyentes, serían muy importantes.

Fue aprobada también la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), que gravará las operaciones que las personas físicas y morales realicen en moneda nacional o extranjera, en cualquier tipo de cuenta a su nombre, en las instituciones del sistema financiero nacional. Sin embargo, no se considerarán depósitos en efectivo los que se efectúen a favor de personas físicas o morales mediante transferencias electrónicas, traspasos de cuenta, títulos de crédito o cualquier otro documento o sistema pactado con instituciones del sistema financiero en los términos de las leyes aplicables, aun cuando sean a cargo de la misma institución que lo reciba.

El IDE se calculará aplicando la tasa de 2 por ciento al importe total de los depósitos gravados por la ley correspondiente. Las instituciones del sistema financiero tendrán como obligación recaudar el impuesto el último día del mes respectivo; lo harán en efectivo, indistintamente de cualquiera de las cuentas que tenga abiertas el contribuyente.

“Tratándose de depósitos cuyo monto individual exceda de 25 mil pesos, el impuesto se recaudará al momento en que se realicen tales depósitos. Cuando una persona haga varios depósitos a plazo en una misma institución del sistema financiero, cuyo monto acumulado exceda de 25 mil pesos al mes, los bancos deberán recaudar el impuesto, indistintamente de las cuentas”, define el dictamen votado ayer.

Asimismo, la Cámara aprobó la reforma a la Ley Federal de Derechos en Materia de Hidrocarburos, con lo cual se pretende un ajuste a la baja de la tasa del Derecho Ordinario sobre la Extracción de Petróleo, que actualmente es de 79 por ciento, para reducirla a 74 por ciento en 2008 y aplicar un descuento anual de medio punto porcentual de 2009 a 2011, con objeto de llegar en 2012 a una tasa de 71.5 por ciento definitiva.

Los recursos que se obtengan de este nuevo régimen fiscal para Petróleos Mexicanos (Pemex) “deberán destinarse a la inversión y de ninguna manera a gasto corriente”. A su vez, la paraestatal estará obligada a realizar un esfuerzo especial para alcanzar la eficiencia en sus operaciones e inversiones, disminuyendo costos y mejorando resultados, así como profundizar en la transparencia de la información.

El dictamen aprobado establece que la recaudación anual que se genere se aplicará de la siguiente forma: 63 por ciento al Fondo Sectorial Conacyt-Secretaría de Energía, para impulsar la investigación científica y tecnológica en exploración, explotación y refinación de hidrocarburos.

Mientras, otro 2 por ciento se enviará a un fondo para formar recursos humanos especializados en la industria petrolera; 15 por ciento al Fondo de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico del Instituto Mexicano del Petróleo, y el restante 20 por ciento al mencionado fondo Conacyt-Secretaría de Energía, esta vez para financiar proyectos de investigación en fuentes alternas de energía.

También, el pleno aprobó una reforma a los artículos 71 y 72 de la Constitución Política para fortalecer las facultades de investigación de la Auditoría Superior de la Federación, que ahora podrá ampliar sus auditorías a años anteriores, iniciar la revisión de las cuentas públicas sólo nueve meses después de concluido el ejercicio fiscal correspondiente, y para constituir las auditorías superiores en los estados, que serán independientes de los poderes Ejecutivo y Legislativo.

Dentro del paquete de reformas aprobadas por la Cámara de Diputados resalta una modificación a la propuesta del Presidente de la República relativa al establecimiento del Consejo Nacional de Evaluación de las Políticas Públicas (Coneval). Así, en lugar de ese mecanismo se establecieron los principios generales para emprender evaluaciones de desempeño en todas las instituciones públicas.

Además, el Ejecutivo federal deberá comprometerse a que, antes de que concluya su administración, se alcance una meta de ahorro equivalente al 20 por ciento del gasto de operación y administrativo de las dependencias, para lo cual establecerá una meta anual mínima de 5 por ciento.

En el contexto de la austeridad, Pemex, la Comisión Federal de Electricidad y Luz y Fuerza del Centro deberán recortar su gasto en servicios personales, lograr ahorros en materia de gasto administrativo y de apoyo, cancelar vacantes, salvo en casos justificados, cancelar plazas de confianza sin tareas asignadas y definir indicadores para evitar retrasos y sobrecostos en la ejecución de obras.

 
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