Usted está aquí: jueves 11 de octubre de 2007 Estados Revocan candidatura al aspirante del PRD a la alcaldía de Morelia

Revocan candidatura al aspirante del PRD a la alcaldía de Morelia

Ernesto Martínez Elorriaga, corresponsal

Morelia, Mich., 10 de octubre. El Tribunal Electoral de Michoacán (TEEM) revocó la postulación a la presidencia municipal de Morelia del abanderado perredista Eloy Vargas Arreola, por registrarse primero bajo la figura de coalición y posteriormente en candidatura común, sin haber cumplido con el ordenamiento jurídico.

En la sesión de este miércoles, con cuatro votos a favor y uno en contra, los magistrados del TEEM revocaron el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) del 21 de septiembre, por el cual se modificó el convenio de coalición que avalaba la postulación de Vargas Arreola, por el de candidatura común.

El problema fue que las directivas estatales de los partidos no tienen facultades para hacer ese cambio, de acuerdo con el artículo 61 del Código Electoral del Estado.

De ahí que los magistrados consideraron que los argumentos de las representaciones del PRI y el PAN ante el IEM, que impugnaron la candidatura de Eloy Vargas, están fundados, ya que los representantes estatales ante el órgano electoral del PRD, PT y Convergencia, partidos que decidieron finalmente ir en candidatura común, carecen de facultades para hacer las modificaciones u observaciones al convenio de coalición firmado por los presidentes nacionales de dichos institutos políticos.

A su vez, Vargas Arreola informó que de inmediato recurrirá al TEPJF para impugnar la revocación de su candidatura por el TEEM. Adelantó que continuará con su campaña porque no cometió ningún ilícito que ponga en duda su candidatura; incluso, subrayó que cumplió con los requisitos que le solicitó el IEM, y consideró que el fallo en su contra fue producto de la complicidad entre PRI y PAN.

El presidente del TEEM, Jaime del Río, comentó que la decisión del organismo “no es definitiva, sino que sigue precisamente hacer un juicio de inconstitucionalidad electoral, y mientras la sala superior del TEPJF no resuelva, no hay impedimento alguno para que se lleven a cabo actos de campaña de la planilla”.

 
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