Usted está aquí: martes 16 de octubre de 2007 Política La Armada debe autorizar revisiones a barcos

Navíos de EU pueden hacerlo, pero con esa salvedad: especialistas

La Armada debe autorizar revisiones a barcos

Jesús Aranda

De acuerdo con el derecho internacional, los barcos de Estados Unidos pueden detener e inspeccionar a 12 millas de las costas nacionales a los buques que consideren sospechosos de transportar drogas y cargas ilícitas.

En caso de que los buques sean de bandera mexicana, el Servicio de Guardacostas debe pedir permiso a la Armada de México para la revisión; si se le niega, tiene que esperar a que arribe un barco de la Secretaría de Marina. Este método opera desde hace años y forma parte de la colaboración que hay en materia de lucha contra el narcotráfico entre México y Estados Unidos, indicaron fuentes navales.

La Jornada publicó ayer que cuando fue detenido el buque atunero Macel –que transportaba nueve toneladas de cocaína– frente a las costas de Manzanillo, en diciembre de 2001, 19 de los tripulantes declararon ante la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada que fue un guardacostas estadunidense el que detuvo la embarcación, luego de que ésta llevaba un mes pescando en aguas internacionales.

Raúl Antonio García Vercellino, quien se desempeñaba como observador de la Secretaría de Agricultura para dar cumplimiento a la NOM 001 de Pesca, sostuvo que “el 17 de noviembre de 2001” abordó el Macel y que “hubo dos revisiones en altamar al mencionado buque atunero por parte de autoridades del vecino país”. La primera, dijo, ocurrió el 3 de diciembre de 2001, pero como aún no cargaban la cocaína los dejaron ir; la segunda se efectuó el 18 de diciembre. “Tuvieron a los tripulantes en el comedor durante el resto de ese día, y así continuaron durante tres días más hasta que llegó la Armada de México”.

De acuerdo con fuentes navales, es una práctica internacional que cualquier buque de guerra pueda detener una embarcación sospechosa de transportar mercancía ilícita. Incluso, la Convención del Mar señala que a partir de 12 millas de la costa (aun cuando para México sigue siendo mar patrimonial hasta las 200 millas, donde sí es exclusiva la explotación de recursos pesqueros, así como del petróleo y minerales que estén en el subsuelo), los buques de cualquier país pueden detener buques sospechosos para su revisión.

Los informantes precisaron que, en caso de que la revisión no arroje nada anormal, el gobierno estadunidense está obligado a pagar una indemnización al buque por el tiempo que perdió en altamar. Por eso –explicaron– es que estos operativos sólo se llevan a cabo cuando hay indicios claros de que se está cometiendo un delito.

En el caso de México, los buques sospechosos detenidos en nuestro mar patrimonial, o inclusive en altamar, pueden ser revisados por el Servicio de Guardacostas estadunidense, pero éste tiene que pedir permiso a la Armada, además del previo consentimiento del capitán del barco.

En caso de que no se otorgue la autorización, ambas embarcaciones se quedan en el lugar hasta que llega un barco o un helicóptero de la Armada de México.

Como acto de buena voluntad, comentaron, puede darse el caso de que los estadunidenses suban a la embarcación para observar la revisión, pero ésta la llevan a cabo los elementos mexicanos.

 
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