Usted está aquí: sábado 27 de octubre de 2007 Sociedad y Justicia Bloquean diputados reforma en salud reproductiva y sexual

El proyecto fue aprobado por comisiones la pasada legislatura y tenía el aval de la Ssa

Bloquean diputados reforma en salud reproductiva y sexual

Las modificaciones, “innecesarias”; se carece de una “postura internacionalmente aceptada”

Incluía garantizar el acceso de adolescentes a servicios y la interrupción legal del embarazo

Ángeles Cruz Martínez

Ampliar la imagen Demostración del uso del condón, en imagen de archivo Demostración del uso del condón, en imagen de archivo Foto: María L. Severiano

Por considerar que es “innecesaria” y debido a que “no hay una postura internacionalmente aceptada” respecto de los derechos sexuales y reproductivos, la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, que preside el panista Éctor Jaime Ramírez Barba, dio marcha atrás a la iniciativa de reforma a la Ley General de Salud que busca hacer explícito el derecho a la salud sexual y reproductiva, garantizar el acceso de los adolescentes a estos servicios, así como la interrupción legal del embarazo.

El proyecto ya había sido dictaminado favorablemente por las comisiones unidas de Salud y de Equidad y Género de la legislatura pasada, e inclusive contaba con el aval de la Secretaría de Salud (Ssa). Lo único que estaba pendiente era la corrección de un error de procedimiento legislativo; sin embargo, los integrantes de la mencionada comisión en la actual legislatura emitieron un nuevo dictamen en sentido negativo, en una apretada votación que se definió con el sufragio del presidente Ramírez Barba.

Sobre la misma iniciativa, los legisladores solicitaron la opinión de la Ssa, que fue emitida por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, a cargo de Bernardo Fernández del Castillo, y coincidió en que la modificación es innecesaria, ya que la salud sexual y reproductiva “es un subíndice de la salud materno infantil, la cual es un concepto mucho más amplio”.

El abogado de la Ssa, quien también ha sido defensor del cardenal Norberto Rivera Carrera, explicó a La Jornada que un cambio como el propuesto por las ex diputadas Martha Lucía Micher, del PRD, y Diva Hadamira Gastélum, del PRI, implica “coartar y quitar muchos aspectos de la salud, porque la salud materno infantil empieza con la salud sexual y reproductiva, y después viene todo. Acaba con el nacimiento y la atención infantil en los primeros tres o cuatro meses”.

Derechos de la mujer y procreación

Martha Juárez, del Grupo de Información en Reproducción Elegida, explicó que con el cambio de nombre del capítulo relativo a la Salud Materno Infantil por el de Derechos Sexuales y Reproductivos, México cumpliría con los compromisos que ha asumido en conferencias y acuerdos internacionales.

El texto vigente de la ley incluye la tácita caracterización de la mujer en su papel reproductivo, pues la única ocasión en que se hace referencia expresa a este sector de la población es en el capítulo de Salud Materno Infantil, que comprende, entre otras acciones, “la atención a la mujer durante el embarazo, parto y puerperio”.

Resulta evidente, señaló Juárez, que la salud reproductiva va mucho más allá de la procreación. Tiene que ver con garantizar la cobertura de métodos anticonceptivos, incluida la anticoncepción de emergencia, la prevención, diagnóstico y control de los tumores malignos de órganos reproductivos.

El proyecto también plantea asegurar que las instituciones públicas de salud “deberán proceder a la interrupción legal del embarazo en los supuestos permitidos por la legislación penal que resulte aplicable, cuando la mujer así lo solicite”.

No obstante, el dictamen negativo de la Comisión de Salud señala que en los hechos se estaría autorizando el aborto en la Ley General de Salud, lo que contraviene el Código Penal Federal y la Constitución.

La propuesta de modificación legal también plantea hacer explícito el derecho de los adolescentes a acceder a los servicios de salud sexual, para evitar condiciones de riesgo para su salud, el contagio de enfermedades sexualmente transmisibles y el embarazo no deseado.

El artículo 64 expresa la prohibición de “toda injerencia arbitraria que pretenda desconocer su derecho a recibir la prestación” comentada. Señala que la voluntad de los adolescentes “tendrá relevancia jurídica”, y en el 65 se propone que cuando exista conflicto entre las necesidades de los adolescentes y las decisiones, creencias religiosas o ideología de quienes ejerzan la patria potestad o los representen legalmente, deberá prevalecer el principio de interés superior de los menores.

Para los diputados de la Comisión de Salud esto implica el desconocimiento de la patria potestad de los padres sobre sus hijos menores, “al menos en el campo del uso de su sexualidad”. Además, señala el dictamen, existe el “peligro” de que “si en este campo se permite una excepción tan clara, se abre la puerta para que se pueda dar en muchas otras”.

Luego de que la Comisión de Salud emitió el dictamen negativo de la iniciativa el pasado mes de marzo, la Comisión de Equidad y Género, presidida por la diputada Maricela Contreras, solicitó el retiro de tal resolución, entre otras razones porque tendría que darse un dictamen conjunto entre ambas comisiones.

 
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