Usted está aquí: viernes 30 de noviembre de 2007 Economía Buró de Crédito y bancos tienen plazo para borrar historiales

En 5 días deben eliminar deudas liquidadas y en 6 años los incumplimientos de pago

Buró de Crédito y bancos tienen plazo para borrar historiales

Multas a instituciones que no informen a tiempo de financiamientos cumplidos

Se crea la banca especializada o de nicho

Una iniciativa plantea proteger información y privacidad

Roberto Garduño y Enrique Méndez

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas para obligar al Buró de Crédito y a los bancos a eliminar en un plazo no mayor de cinco días los créditos o adeudos que hayan sido liquidados, y la obligación de suprimir, en un lapso no mayor de 72 meses, la información sobre algún incumplimiento de pago con instituciones bancarias, independientemente del estado del adeudo.

Además, los legisladores aprobaron una reforma a la Ley de Instituciones Financieras con objeto de abrir la puerta a la conformación de bancos de nicho (especializados) y se dio entrada a una iniciativa del diputado priísta Yericó Abramo Masso, para que se ataque la opacidad con la que se manejan los datos de los tarjetahabientes o usuarios de bancos.

Durante la sesión, con 308 votos a favor, una abstención y cero en contra, el pleno aprobó la reforma legal para reducir a seis años el periodo en que los deudores estarán incluidos en el Buró de Crédito, a partir de que se declaren en cartera vencida, lo cual –explicaron los legisladores– fortalecerá los derechos de los usuarios de crédito.

En el caso de quienes contrataron préstamos para comprar vivienda, planes de teléfono celular o paquetes de televisión por cable y satélite, ese plazo se acotará a sólo cuatro años.

Al argumentar a favor del dictamen de la Comisión de Hacienda, el diputado Joaquín Vela González, del Partido del Trabajo, denunció que el Buró de Crédito “se privatizó y unos pocos tienen el control. Ahora se regulariza, a favor de los consumidores”.

También el diputado perredista Antonio Soto, explicó que cuando un banco no informe al Buró de Crédito, en un plazo máximo de cinco días hábiles, que un crédito ya fue liquidado, se hará acreedor a multas de entre 200 y 2 mil salarios mínimos.

Por otra parte, el pleno camaral aprobó una reforma a las leyes de Instituciones de Crédito, General de Títulos y Operaciones de Crédito, y Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, con objeto de fomentar los bancos en México y promover la competencia en el sector, la reducción de las tasas de interés y hacer eficiente el sistema de regulación financiera.

También desde tribuna, el diputado priísta Horacio Garza explicó que uno de los principales efectos de las modificaciones es la creación de la banca especializada o de nicho, lo cual permitirá a los bancos elegir entre ser instituciones autorizadas para llevar a cabo la totalidad de las operaciones, sólo realizar algunas permitidas por ley o atender exclusivamente a un sector específico del mercado.

El esquema vigente, refirió, establece marcos regulatorios idénticos a las instituciones de banca múltiple, sin reconocer las diferencias en cuanto a sus operaciones, y ello se refleja en costos excesivos. Además, el dictamen establece que se transfieren facultades a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, que actualmente ejerce la Secretaría de Hacienda, respecto del otorgamiento de autorizaciones para la organización y operación de instituciones de banca múltiple, sus fusiones, escisiones y diversos actos corporativos.

“Las autorizaciones que se otorguen deberán tener como finalidad propiciar el sano desarrollo del sistema bancario y atender el diseño exigido por el orden constitucional para las reglas generales administrativas”, destacó.

Su compañero de bancada, Yericó Abramo, presentó una iniciativa para proteger la información personal de los ciudadanos, y evitar que las empresas comerciales, entidades financieras y de información crediticia vulneren la privacidad de las personas.

La propuesta considera modificar artículos de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, para establecer que únicamente puedan transferir información sobre el historial crediticio de las personas físicas y morales, y sancionarlas en caso de que hagan uso de datos personales.

 
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