Usted está aquí: sábado 8 de diciembre de 2007 Estados Impulsa el gobierno de Coahuila iniciativa en pro del enfermo terminal

Evitar terapias extraordinarias inútiles, principal objetivo

Impulsa el gobierno de Coahuila iniciativa en pro del enfermo terminal

Leopoldo Ramos (Corresponsal)

Saltillo, Coah., 7 de diciembre. El gobierno de Coahuila presentó esta semana ante el Congreso estatal una iniciativa para establecer la Ley Protectora de la Dignidad del Enfermo Terminal, símil de la ortotonasia, mediante la cual se pretenden ampliar las facultades de los pacientes en estado crítico de salud, para que los médicos no les apliquen medidas terapéuticas extraordinarias para mantenerlos con vida.

La propuesta parte de la idea de que “el hombre es un ser limitado y mortal, por lo tanto, hay que acercarse a un enfermo con realismo, evitando la idea de que la medicina es omnipotente”, debido a que existen “límites insuperables y en estos casos es necesario reconocer con serenidad la propia condición humana”.

En la exposición de motivos se menciona que “el desgaste físico y económico de las familias con enfermos terminales en hospitales públicos y privados” acabaría “si el paciente toma decisiones previas que tengan carácter legal”, con lo cual se evitaría a la vez “colocar a los médicos en un reducido campo de maniobra”.

De acuerdo con la propuesta que la fracción del PRI presentó el 4 de diciembre y cuenta con el respaldo público del gobernador Humberto Moreira Valdés, es necesario “evitar el ensañamiento terapéutico exasperado”, pues “aun aplicado con la mejor intención, además de inútil, no respetaría la integridad personal de quien ya ha llegado a una etapa terminal”.

El documento añade que “el concepto de salud entraña el equilibrio físico y síquico normal, sin sufrimientos que inútilmente traten de alargar su vida” y destaca que esto traería “la tranquilidad del paciente y el conocimiento de los médicos acerca de los deseos del enfermo”, además de que se realizarían menos intervenciones médicas en vano.

De acuerdo con datos del Sistema Estadístico Epidemiológico de Defunciones, en México de los 495 mil decesos que se registran en promedio cada año, casi la tercera parte –unos 165 mil–, corresponden a enfermos terminales.

Los legisladores locales del PRI argumentaron que “los ciudadanos deben tener el derecho de tomar sus propias decisiones acerca del cuidado médico que desean recibir en padecimientos sin expectativas de recuperación”.

La propuesta aclara que si bien la Ley General de Salud federal y el Código Civil del estado mencionan que los pacientes podrán rechazar cualquier tratamiento médico en el cual no estén de acuerdo, “es de suma importancia que el Estado cuente con una ley que contemple de forma amplia este derecho”.

Así, mediante la ley protectora de la dignidad del enfermo terminal los legisladores coahuilenses pretenden establecer un mecanismo “claro y práctico”, donde “se otorgue certeza jurídica y no deje lugar a las interpretaciones; una ley que permita a los ciudadanos ejercer el derecho a una muerte digna y garantice que las personas disfruten plenamente su libertad de decisión sobre su organismo, hasta el fin de su existencia”.

De acuerdo con el artículo cuatro de la iniciativa planteada, “toda persona con capacidad de ejercicio, así como los emancipados capaces, tienen derecho a otorgar el documento de disposiciones previsoras”, donde se pondrá en claro aquellos procedimientos terapéuticas extraordinarios a los cuales el paciente no está dispuesto a sujetarse”.

El artículo siete enlista las medidas médicas que el paciente con enfermedad terminal o incurable podrá establecer en el documento de disposiciones previsoras como instrucciones para los médicos.

El artículo ocho de la iniciativa precisa que el paciente podrá nombrar a un representante, familiar o no, quien se encargará de vigilar el puntual respeto a sus decisiones y el artículo 20 advierte que “el incumplimiento de esta ley por los médicos o instituciones de servicios de salud a cargo del cuidado del autor (paciente), los hace responsables de indemnizar por daños y perjuicios a las personas que afecten con su conducta”.

 
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