Usted está aquí: martes 11 de diciembre de 2007 Política El CCE insiste en lograr un amparo

Interpone recurso de revisión en busca de revivir su demanda contra el Cofipe

El CCE insiste en lograr un amparo

Alfredo Méndez

El Consejo Coordinador Empresarial (CCE) no se da por vencido en su intención de obtener un amparo contra las reformas constitucionales en materia electoral.

Ayer interpuso un recurso de revisión en el juzgado 14 de distrito en materia administrativa para que un tribunal colegiado reciba el expediente y determine si procede admitir a trámite la demanda de garantías que el pasado viernes fue desechada por notoriamente improcedente.

La estrategia del CCE es que este juicio llegue a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, aunque antes deberá superar el tema de la admisión o desechamiento definitivo de la demanda ante un tribunal colegiado de circuito.

Si los magistrados federales que conozcan del asunto determinan que sí procede la demanda, ordenarán al juez de primera instancia que analice el fondo del asunto, y sólo después de ello el juicio podría llegar, en revisión, a la Corte. La semana pasada, el juez administrativo David Cortés Martínez desechó por improcedente la demanda de amparo del CCE.

Dicha demanda de garantías fue promovida contra el Congreso de la Unión, el Presidente de la República y el Secretario de Gobernación, por el decreto aprobado y publicado en el Diario Oficial de la Federación que reformó los artículos constitucionales 6, 41, 85, 99, 108, 116 y 122.

En su fallo, el impartidor de justicia manifestó que la demanda fue desechada pues el amparo solicitado no procede contra reformas a la Constitución, y recordó que ya existe jurisprudencia al respecto.

Con la determinación judicial, hasta el momento quedó sin efecto cualquier intento por detener la aplicación de las reformas constitucionales.

La Constitución señala en el artículo 41, fracción tercera, inciso G, lo siguiente: “Los partidos políticos en ningún momento podrán contratar o adquirir, por sí o por terceras personas, tiempos en cualquier modalidad de radio y televisión.

“Ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, ni a favor o en contra de partidos políticos o de candidatos a cargos de elección popular.”

Es por el contenido de este artículo que el CCE está buscando un amparo y la protección de la justicia federal.

 
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