Usted está aquí: miércoles 5 de marzo de 2008 Estados Se inconforman ediles panistas de Tamaulipas contra topes salariales

■ Tres ayuntamientos presentan controversias ante la Suprema Corte

Se inconforman ediles panistas de Tamaulipas contra topes salariales

Martín Sánchez Treviño (Corresponsal)

Ciudad Victoria, Tamps., 4 de marzo. Los ayuntamientos de Llera, Abasolo y Gómez Farías, emanados del Partido Acción Nacional (PAN) presentaron sendas controversias constitucionales ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra el Congreso de Tamaulipas porque consideran que éste incurrió en una “injerencia ilegal” en la autonomía municipal, al aprobar en enero una reforma al Código Municipal que crea un tabulador que regulará el salario de síndicos y regidores.

El presidente del PAN en Tamaulipas, Luis Tomás Vanoye Carmona, informó este martes que las controversias promovidas por los síndicos de los municipios citados fueron presentadas el viernes de la semana pasada en la ciudad de México.

De los ocho ayuntamientos gobernados por Acción Nacional en la entidad, solamente tres decidieron presentar la controversia constitucional, porque consideraron que la reforma al artículo 30 del Código Municipal viola la autonomía de los ayuntamientos.

El Comité Directivo Estatal del blanquiazul sugirió a los cinco municipios restantes (Soto La Marina, Méndez, Güémez, Antiguo Morelos y Nuevo Morelos) que hicieran lo propio.

La reforma entró en vigor el 16 de enero pasado. El nuevo código, publicado en el Periódico Oficial del Estado, incluye un tabulador de salarios clasificados en siete grupos, fijados de acuerdo con la población de cada uno de los municipios.

Según el nuevo ordenamiento, en las demarcaciones con una población de mil a 5 mil habitantes la percepción anual de los síndicos no será mayor a 101 salarios mínimos vigentes en la entidad (es decir, no superará 145 mil 440 pesos, pues el salario mínimo en Tamaulipas es de 48 pesos diarios), y el de los regidores no deberá exceder de 80 salarios mínimos.

Donde haya una población de cinco a 10 mil habitantes, un síndico ganará hasta 151 salarios mínimos, y un regidor no más de 121. En los municipios que tengan más de 10 mil habitantes y hasta 15 mil, los síndicos no podrán percibir más de 202 salarios, y los regidores 161.

En la iniciativa, promovida por la fracción del Partido Revolucionario Institucional, el cual evitó que se enviara a análisis y estudio a las siguientes comisiones, incluye un cuarto grupo, que corresponde a municipios que tengan una población de 15 mil uno a 40 mil habitantes.

En estas demarcaciones los síndicos no podrán ganar más del equivalente a 252 salarios mínimos al año, y los regidores, más de 202.

En los municipios que tengan una población de 40 mil uno hasta 100 mil habitantes, a los síndicos se les fijará un tope de 378 salarios mínimos y a los regidores uno de 303.

En un grupo más, que incluye funcionarios de localidades de 101 mil a 250 mil habitantes, los síndicos podrán ganar hasta 505 salarios mínimos, y los regidores, 404. Mientras, en los municipios con población mayor a 250 mil habitantes los síndicos ganarán hasta 757 salarios mínimos, y los regidores, hasta 606.

Los 40 municipios que se abstuvieron de promover la controversia constitucional consideraron que la reforma los favorece, porque, de acuerdo con el nuevo tabulador, los regidores obtienen salarios equitativos y remunerativos.

 
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