Usted está aquí: lunes 19 de mayo de 2008 Sociedad y Justicia Recomendación de la CNDH por inadecuada atención médica

■ Resuelve queja contra el Hospital Nacional Homeopático

Recomendación de la CNDH por inadecuada atención médica

De la Redacción

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió a la Secretaría de Salud la recomendación 18/2008 por el caso de una mujer con 38 semanas de embarazo que recibió inadecuada atención médica en el área de urgencias del Hospital Nacional Homeopático, donde fue dada de alta sin hospitalizarla y vigilarla, a pesar de los síntomas que presentaba. A consecuencia de ello el bebé falleció por asfixia.

La embarazada acudió a un laboratorio particular, tres días después de haber sido dada de alta, y así se enteró de la muerte de su bebé, señala la CNDH. Ella acudió nuevamente al Hospital Nacional Homeopático, y ahí “le fue negada la atención médica correspondiente”, por lo que se vio obligada a asistir al Hospital General de Xoco, de la Secretaría de Salud del Distrito Federal, dónde le practicaron una cesárea.

De acuerdo con la información de la CNDH, el 13 de junio de 2007 la señora María Mónica Domínguez Valdez interpuso un escrito de queja en que refiere que el 19 de mayo del año pasado acudió al Hospital Nacional Homeopático de la Secretaría de Salud debido a que tenía molestias del embarazo. “Allí se le realizó el tacto” y el médico le recetó supositorios.

La Coordinación de Servicios Periciales de la CNDH concluyó que la paciente no fue valorada suficientemente en el área de Urgencias del hospital referido, “donde el personal médico debió determinar que el malestar de la paciente era síntoma de trabajo de parto o derivado de infección en vías urinarias”.

Resultado de su investigación, la CNDH concluye que se acreditó que el personal médico del Hospital Nacional Homeopático proporcionó inadecuada atención médica a la agraviada, lo que causó la muerte del producto y se violentó a la quejosa el derecho a la protección a la salud.

Se solicitó en la recomendación que el secretario de Salud ordene el pago de la indemnización correspondiente por concepto de reparación del daño en favor de la agraviada, por la responsabilidad institucional, y que se investigue al personal médico involucrado en los hechos.

 
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