Usted está aquí: martes 10 de junio de 2008 Sociedad y Justicia Escudadas en la discrecionalidad de la ley, iglesias mantienen espacios en los medios

■ Gobernación se niega a informar el número de permisos para transmitir actos de culto

Escudadas en la discrecionalidad de la ley, iglesias mantienen espacios en los medios

■ Prohibidas, pero toleradas, estaciones de radio sirven a gobiernos estatales y municipales

Jose Antonio Román/ II y último

La Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público ha quedado rebasada. Las iglesias y sus ministros han aprendido a darle la vuelta, con la complicidad de la Secretaría de Gobernación, que no impide la existencia de decenas de “radios clandestinas” de contenido netamente religioso en al menos 14 estados, algunas, católicas y otras evangélicas; incluso algunas operan con amparo bajo el brazo y ejerciendo, desde su interpretación, el derecho constitucional a la libertad de expresión, de culto y de asociación, aunque ponga en entredicho el el carácter laico del Estado mexicano.

Sin embargo, los gobiernos estatales y municipales se “hacen de la vista gorda”, pues les resultan útiles esos medios de comunicación “clandestinos” para llevar a cabo sus campañas de alfabetización, de protección civil, médicas, de prevención de adicciones y de violencia, a regiones y zonas apartadas del territorio nacional, a las que de otra forma sería sumamente difícil acceder; pero muchas están en zonas urbanas.

En el último año del presidente Vicente Fox, la Secretaría de Gobernación otorgó 11 mil 766 permisos para la transmisión de actos de culto público con carácter “extraordinario” en los medios electrónicos. Hoy la Dirección de Asuntos Religiosos de esa dependencia se niega a dar el número de los permisos que lleva otorgados, aunque en años recientes se calcula que la cifra registró un aumento promedio de 13 por ciento.

La ley, que entró en vigor el 15 de julio de 1992, establece que sólo podrán ser transmitidos en los medios de comunicación los actos de culto público “previa autorización” y “únicamente los que tengan un carácter extraordinario”. Pero ni la ley ni el reglamento emitido en 2003 definen lo que debe considerarse como “acto de culto religioso”, que de entrada ya posibilita la discrecionalidad para otorgar los permisos correspondientes. Tampoco está definido el carácter de “extraordinario”.

Así, en un acto discrecional, la Secretaría de Gobernación sólo expide permisos con temporalidad máxima de tres meses. De esta forma, aunque los programas radiofónicos evangélicos y la transmisión regular de la misa dominical del cardenal Norberto Rivera no tienen nada de extraordinario, se transmiten en horario y día fijos, y se renueva el permiso cada tres meses. Desde la visión oficial, eso les da su carácter de “extraordinario”. Sin embargo, personal de la Dirección de Asuntos Religiosos se ha quejado que en la Arquidiócesis de México “ya ni piden permiso”.

Lo real es que existe una queja constante sobre el manejo discrecional con que la Secretaría de Gobernación concede las anuencias. En este sentido, Adoniram Gaxiola, director del Centro para el Estudio de la Religión en Latinoamérica (Cerlam), dijo que la ley y el reglamento tienen una “amplia zona gris” de la que se valen las instancias de gobierno para aplicar su libre interpretación y ahondar en la discrecionalidad, que casi siempre es en perjuicio de las minorías.

Desde siempre, agregó, la Secretaría de Gobernación ha mostrado resistencia para definir junto con las iglesias –pues no puede interferir en asuntos internos de las asociaciones– conceptos como “acto de culto público” y su carácter “extraordinario”. Las autoridades federales ni siquiera están enteradas realmente de lo que ocurre en materia religiosa en el interior del país, desconocimiento que se acrecienta por el constante cambio de funcionarios, considera el especialista.

En cuando menos 14 entidades del país, sobre todo en los más pobres y que presentan casos de intolerancia religiosa, hay decenas de “radios clandestinas”, la mayoría de contenido religioso, en manos de católicos y evangélicos, que algunos operan con amparos para enfrentar cualquier acción eventual del gobierno.

Óscar Moha, representante en México de la organización internacional La voz de los mártires, señala que el mayor número de las estaciones se ubica en Chiapas, Oaxaca, Guerrero, Michoacán, Hidalgo, estado de México y en menor medida Baja California, Sonora y Sinaloa. Tan sólo en los Altos de Chiapas operan 21 estaciones de radio evangélicas clandestinas, que aunque perseguidas a nivel federal, son toleradas y utilizadas por los gobiernos locales para diversas campañas sociales, con la única prohibición de no comercializar sus espacios –cosa que sí ocurre en otros estados y en el valle de México– y no hacer proselitismo político. Las estaciones tienen un rating considerable y fuerte impacto social.

La instalación de estas estaciones es relativamente fácil; se requiere una inversión de 35 mil pesos para la compra de una fuente de poder, transmisor, varias antenas y un programa de cómputo que escanea el espectro radioeléctrico para ubicar la frecuencia más limpia y libre.

A las miles de horas de transmisión mensual de programas a cargo de iglesias o asociaciones religiosas que “disfrazan” sus contenidos religiosos con “valores éticos y morales” en las estaciones y canales nacionales, se agrega un mayor número de canales de exclusivo contenido religios que son trasmitidos por televisión de paga y tienen origen en el extranjero. Tampoco se hace algo con ellos: la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público no los contempla.

Poder de compra

Para Fred Palafox, especialista en temas de religión y medios, la misma ley no otorga ni los criterios ni los requisitos para la transmisión de actos de culto público de las iglesias y asociaciones religiosas, y hasta ahora el acceso a los medios por parte de estos grupos y sus líderes lo otorgan las capacidades para pagar el costo o conquistar el interés confesional de quienes poseen oficialmente la concesión o el permiso para explotar frecuencias. La nueva ley deberá distinguir a los medios electrónicos por aire y por cable, entre Internet y medios gráficos.

 
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