Usted está aquí: miércoles 18 de junio de 2008 Opinión SCJN: atropello legalizado

Editorial

SCJN: atropello legalizado

En una decisión tomada por amplia mayoría –ocho votos contra dos–, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló el nuevo sistema de pensiones que establece la reforma a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), al considerar que tales normas “no son retroactivas”, y que los procedimientos estipulados para la transición entre el régimen actual y el nuevo respetan “íntegramente” las garantías de los derechohabientes.

La reforma mencionada, cabe recordarlo, fue producto de una negociación opaca y discrecional, emprendida por el Ejecutivo y consumada por las fracciones legislativas de la alianza gobernante, y de la cual fueron excluidos los trabajadores del Estado.

Así, el máximo tribunal rechazó la propuesta planteada la víspera por el ministro presidente Guillermo Ortiz Mayagoitia –quien había sostenido la inconstitucionalidad del nuevo sistema de retiro– y prácticamente dio luz verde a una reforma que resulta sumamente benéfica para los intereses financieros privados que operan en el país –trasnacionales, en su mayoría–, los cuales administrarán, en lo sucesivo, los fondos de pensiones de los derechohabientes del ISSSTE. Tal reforma constituye, en cambio, un atropello a los derechos adquiridos de los trabajadores, por cuanto altera fundamentalmente el régimen de jubilación que habían pactado, basado en principios de solidaridad de reparto y de respaldo económico por parte del Estado. La ley convalidada por la SCJN obliga a los trabajadores a elegir entre dos opciones distintas: una cuenta de retiro individual, o el sometimiento a un régimen que plantea un aumento de cuotas, años de servicio y edad de retiro para gozar de una pensión.

Una vez más, el máximo tribunal del país ha actuado en contra de los intereses de los asalariados y a contrapelo de una amplia oposición popular; el fallo comentado ratifica la pérdida de independencia que ha podido observarse en la cúspide del Poder Judicial y el indecoroso sometimiento a los intereses de los poderes ejecutivos –no sólo del federal–, ya que resulta inevitable recordar, a este respecto, la inexplicable decisión adoptada en noviembre pasado por seis de los 10 magistrados del pleno, de exonerar al gobernador de Puebla, Mario Marín, de las acusaciones en su contra por la violación a las garantías individuales de la periodista Lydia Cacho, por más que fue público e inocultable la vinculación de ese mandatario estatal en la conjura para atentar contra la comunicadora.

A diferencia de aquella ocasión, cuando la opinión pública esperaba que el organismo actuara con espíritu de justicia y salvaguardara del estado de derecho, ahora no se albergaban expectativas particularmente positivas en torno a su desempeño, y el único viso de sorpresa –la posición expresada por Ortiz Mayagoitia– fue rápidamente superado por la votación casi unánime con la que el pleno avaló el nuevo régimen de jubilación de los trabajadores al servicio del Estado.

Con esta decisión, la SCJN ha afirmado su posición como institución gestora y legalizadora de los designios de la clase político-empresarial que detenta el poder en el país, ha puesto en entredicho la efectividad del principio de separación de poderes y ha asestado sendos golpes a los derechos laborales de los trabajadores gubernamentales y a la credibilidad de las instituciones.

 
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