Usted está aquí: lunes 23 de junio de 2008 Sociedad y Justicia Emite la OIT recomendaciones al gobierno sobre el caso de los mineros

■ Toma de nota del sindicato y muerte de trabajador, entre ellas

Emite la OIT recomendaciones al gobierno sobre el caso de los mineros

Patricia Muñoz Ríos

El Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) difundió su informe general 350, en el que aborda el estado del conflicto minero mexicano (caso 2478), y emitió nueve recomendaciones al gobierno de México, ya que “observa con preocupación (...) que no se ha respondido a las órdenes de arresto, congelación de cuentas sindicales, amenazas y actos que violencia que incluyen también la muerte o lesiones a sindicalistas” relacionadas con este caso.

La primera recomendación indica que lamenta la “ilegal” toma de nota que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social entregó a Elías Morales en forma “provisional” para destituir a Napoleón Gómez Urrutia de la secretaria general del sindicato minero, y expresa que “la autoridad laboral incurrió en una conducta incompatible con el artículo 3 del convenio 87 de la OIT, que consagra el derecho de los trabajadores a elegir libremente a sus representantes”.

En respuesta a las denuncias que desde marzo del 2006 fueron formuladas por ese gremio y la Federación Internacional de Trabajadores de las Industrias Metalúrgicas, el comité establece que el gobierno mexicano no ha respondido a “diferentes irregularidades” cometidas por las autoridades laborales, salvo en lo relativo a la falsificación de firma de un miembro del consejo general de vigilancia, por lo que la OIT “pide que informe” al respecto.

La tercera recomendación del comité “deplora la excesiva duración” de los trámites judiciales “en diferentes aspectos del presente caso y los graves perjuicios que ha implicado para el sindicato querellante”, y pide a las autoridades tomar “medidas que garanticen una justicia rápida en relación con el ejercicio de los derechos sindicales. El comité urge al gobierno a que asegure una rápida conclusión de los procesos judiciales”.

La cuarta recomendación del organismo establece que “el comité deplora profundamente la muerte del trabajador Reynaldo Hernández González, expresa la firme esperanza de que el procedimiento penal en curso concluirá lo antes posible y pide al gobierno que le comunique la sentencia que se dicte”.

Otra más demanda que el gobierno de México “indique si los sindicalistas capturados el 11 de agosto de 2007 fueron puestos en libertad” (en referencia a los que fueron agredidos el mismo día y sitio en que fue asesinado Hernández González en Nacozari, Sonora).

Asimismo, insta a las autoridades mexicanas a que informen sobre la disputa por la titularidad de los convenios de ocho empresas, cuyos contratos tiene el sindicato minero y que le fueron disputados por otros gremios. Pide que también se informe sobre la “expulsión violenta de huelguistas que estaban en las entradas de la mina Cananea, y de manera general sobre la intervención de la fuerza pública en el conflicto colectivo en cuestión”.

La novena y última recomendación del Comité de Libertad Sindical es un llamado “a las partes concernidas para que sigan haciendo esfuerzos en la mesa de negociación para resolver el conflicto colectivo al que se refiere el presente caso”.

El comité también le pide al gobierno que responda, sin demora, a las denuncias sobre amenazas de muerte, secuestros, arresto ilegal y palizas contra mineros del sindicato y sus familias; sobre el asalto del 20 de abril de 2006 de fuerzas del orden contra huelguistas de Sicartsa, así como acerca del secuestro, apaleamiento y amenazas de muerte contra la esposa de Mario García Ortiz, miembro del comité ejecutivo del sindicato querellante”.

 
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