Usted está aquí: jueves 26 de junio de 2008 Política La Corte rechazará petición de declarar inconstitucional la reforma electoral

■ Revisarla sería asumir atribuciones que no le corresponden: ministros

La Corte rechazará petición de declarar inconstitucional la reforma electoral

Jesús Aranda

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) iniciará este jueves la discusión de los recursos legales que se han presentado en contra de la reforma electoral; hoy determinará si procede la acción de inconstitucionalidad en contra del proceso de reforma y, de acuerdo con el proyecto de dictamen elaborado por el ministro Sergio Valls, la demanda es improcedente.

La semana próxima los ministros analizarán otra acción de inconstitucionalidad, ésta en contra del decreto de expedición del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), y semanas más adelante determinarán si ejercen o no su facultad de atracción para conocer los amparos presentados por organizaciones empresariales y algunos intelectuales en contra de la reforma.

Con relación al asunto que revisarán este jueves, el proyecto de dictamen elaborado por Valls desecha por improcedente la intención de los partidos políticos Convergencia y Nueva Alianza de anular, vía acción de inconstitucionalidad, la reforma electoral promulgada el pasado 11 de enero en el Diario Oficial de la Federación.

De acuerdo con fuentes judiciales consultadas, la mayoría del pleno se inclina por confirmar el proyecto de dictamen presentado por Valls, quien plantea que de aceptar la procedencia de la demanda se abriría la puerta a que en cada reforma constitucional tanto los partidos políticos como las legislaturas locales pudieran impugnar los cambios a la Carta Magna, lo cual sería inaceptable.

También hay ministros que consideran que si la Corte admite que puede revisar la constitucionalidad de una reforma, asumiría atribuciones que no le corresponden y colocarían al máximo tribunal incluso “por encima” del propio Congreso.

Pero si la mayoría opina que la demanda es procedente, entonces el caso se turnaría a otro ministro, quien entraría al fondo del asunto, es decir, que no por admitir la acción de inconstitucionalidad quiere decir que se le dé la razón a los quejosos, porque ese ya sería el tema de fondo.

La semana que entra, el pleno abordará la acción de inconstitucionalidad presentada por los partidos Convergencia, del Trabajo, Nueva Alianza, Alternativa Socialdemócrata y Verde Ecologista de México en contra de la promulgación del Cofipe –que es resultado de la reforma electoral–, en el que los quejosos afirman que la nueva legislación viola la libertad de expresión, porque prohíbe a los particulares contratar publicidad electoral en medios electrónicos, además de diversas disposiciones que tienen que ver con el financiamiento público de los partidos, coaliciones, etcétera.

Por otra parte, las demandas de amparo presentadas por grupos empresariales y algunos intelectuales en contra de la reforma electoral no han sido admitidas en la Corte; los ministros sólo dieron entrada a algunos de los recursos para determinar si ejercen su facultad de atracción o no, ya que los juzgados que conocieron los asuntos en primera instancia los desecharon por improcedentes.

 
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