Usted está aquí: domingo 29 de junio de 2008 Política Embarga AN plan de decreto sobre la Cuenta Pública 2004

■ El texto reporta opacidad de Hacienda sobe excedentes petroleros

Embarga AN plan de decreto sobre la Cuenta Pública 2004

■ También advierte notables omisiones e irregularidades en la SCT

Roberto Garduño

Ampliar la imagen Panorámica reciente del salón de plenos de la Cámara de Diputados Panorámica reciente del salón de plenos de la Cámara de Diputados Foto: José Antonio López

La Comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados mantiene embargado el proyecto de decreto sobre la revisión de la Cuenta Pública 2004, a raíz de que la presidencia de ese órgano legislativo recae en el Partido Acción Nacional. No obstante, el texto del proyecto de decreto advierte un “elevado grado de opacidad” en el manejo de los excedentes por venta de petróleo y recaudación de impuestos: “La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) reportó recursos excedentes por 46 mil 595 millones de pesos, de los cuales destinó 11 mil 648 millones al Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros (FEIP), para mejorar el balance presupuestario. La secretaría no cuenta con registros de la aplicación de los 11 mil 648 millones que permitan controlar y evaluar el adecuado manejo de esos recursos”.

La dependencia, antes de determinar como monto final los 46 mil 595 millones como ingresos fiscales excedentes, redujo de ese total 308 millones de pesos con el propósito de no afectar la meta del balance económico del sector público.

“Esta comisión opina que la SHCP no debió reducir los recursos a enterar a dicho fondo, y coincide con la opinión de la Auditoría Superior de la Federación (ASF) de que se debe comprobar, también, la correcta aplicación de los 308 millones de pesos referidos.”

Por ello la comisión legislativa, de acuerdo con información de la ASF, confirma la imposibilidad de fiscalizar el Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros, porque es un fideicomiso público, que al no contar con estructura no tiene el carácter de entidad paraestatal; no está obligado a la elaboración de manuales de organización o de procedimientos, no tiene presupuesto anual de gastos.

Según el proyecto de decreto, del cual se tiene copia en este diario, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes incurrió en “notables omisiones e irregularidades” que afectaban, entonces, la integridad y seguridad de los pasajeros de avión que usan el servicio en terminales aéreas, operadas por concesionarios privados extranjeros y nacionales.

En la revisión y evaluación de las acciones de supervisión del transporte aéreo, se comprobó que los indicadores presentados por la entidad fiscalizada no incluyeron conceptos relativos a la atención de la demanda de servicios, calidad y competitividad del servicio de transporte aéreo, la gestión operativa y la satisfacción del ciudadano usuario, y la competencia de los operadores, por lo que no se cumplió con lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, en lo relativo a la obligación de contar con indicadores de desempeño.

Se observó que la dirección general no dispuso de un estudio integral de la demanda potencial del movimiento de los pasajeros en los aeropuertos concesionados, lo que limitó conocer la prospectiva de desarrollo de este servicio para mediano y largo plazos, y con ello evaluar el objetivo de la política aeronáutica, relativo a satisfacer la demanda de transporte de pasajeros.

Considera la Comisión de Presupuesto que el órgano fiscalizado no dispuso de un estudio integral de la demanda de transporte de carga, lo que limitó conocer el futuro de desarrollo de ese servicio para mediano y largo plazos.

“Se observó que en 2004, la superficie de las pistas de los aeropuertos del grupo del Pacífico se consideraron dentro del parámetro de estado físico malo, debido a que las pistas de los aeropuertos de La Paz, Mexicali, Tijuana y Los Mochis rebasaron el parámetro permitible de calidad establecido en el manual de proyectos de aeropuertos”.

A esto se suma que el órgano federal no tiene establecidos mecanismos que permitan evaluar la competencia laboral del personal verificador; carece de un manual de procedimientos que permita precisar los procesos de verificación de la infraestructura aeroportuaria y no se dispone de un sistema de seguimiento y control para determinar en qué medida se atienden las irregularidades.

Además en el año referido no se cubrió 15.7 por ciento del programa de verificaciones a las tripulaciones en vuelo por el ineficiente personal verificador para ejecutar dichas acciones, y “se observó que no se ha llevado a cabo la certificación de aeropuertos y pistas que permitan dictaminar la calidad de la infraestructura de las áreas operacionales de los aeropuertos concesionados”.

 
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