Usted está aquí: sábado 12 de julio de 2008 Política Prohibir a particulares contratar espots, saludable para la democracia: Amedi

■ En una carta a ministros de la Corte respaldó la reforma al artículo 41 constitucional

Prohibir a particulares contratar espots, saludable para la democracia: Amedi

Gustavo Castillo García

La reforma al artículo 41 constitucional, que impide a particulares y empresas contratar espacios en radio y televisión para difundir propaganda, es positiva, toda vez que evita “que quieran influir en la decisión de los ciudadanos”, ya que “ello ha sido un factor que altera la equidad de oportunidades que, de acuerdo con su presencia electoral, deben tener los partidos y candidatos”, consideró la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi), luego de que algunos de sus integrantes se reunieron con ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Encabezados por el ex senador Javier Corral, políticos, juristas, académicos, periodistas, escritores, artistas, actores y productores entregaron una carta al presidente de la SCJN, Guillermo Ortiz Mayagoitia, y otros cuatro ministros, en la que exponen su respaldo a la reforma constitucional que en materia electoral prohíbe la contratación de propaganda en radio y televisión a particulares.

Durante la reunión, en la que estuvieron presentes Carmen Aristegui, Luis Javier Solana y Jaime Cárdenas Gracia, entre otros, expusieron su interés en debatir públicamente el tema de las adiciones al artículo 41 constitucional con los integrantes del llamado “grupo de los 15” intelectuales, que se ha manifestado en favor de que particulares puedan pagar espots electorales en radio y televisión, y que han promovido amparos en contra de esa reforma.

Dicho debate se realizaría en torno al contenido del artículo 41 constitucional, que refiere que “ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión, dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, ni en favor ni en contra de partidos políticos o de candidatos a cargos de elección popular. Queda prohibida la transmisión en territorio nacional de este tipo de mensajes contratados en el extranjero”.

En el documento entregado a los ministros Ortiz Mayagoitia, Genaro Góngora Pimentel, Fernando Franco, José Ramón Co-ssío y Juan Silva Meza se menciona que la prohibición de contratar tiempos para difundir propaganda electoral “es saludable para la democracia”, y que de ninguna manera “se trata de un atentado a la deliberación democrática y a la libertad de expresión”. En ese sentido, Javier Corral puntualizó: “a nosotros nos parece que la mencionada adición constitucional contribuye a la equidad en la competencia electoral”.

Para la Amedi esta decisión legislativa “impide que aquellos que tengan dinero para contratar espots puedan hacer política electoral en detrimento de quienes no cuentan con recursos para realizar ese gasto”.

De la misma manera, se “limita la capacidad de las empresas de radio y televisión para influir en los procesos electorales y en la vida pública nacional, y propicia que el debate público acerca de los temas que interesan a los ciudadanos sea a partir de propuestas, posiciones políticas e ideas, no solamente en función de consignas propagandísticas y escuetas, como las que hay en los espots”.

En una breve conferencia de prensa, Javier Corral, Jaime Cárdenas Gracia, Francisco José Paoli Bolio, Alberto Aziz Nassif y Raúl Trejo Delarbre se manifestaron en contra de la “campaña de denostación del duopolio televisivo”, ya que a su entender las presiones de algunos medios de comunicación inconformes con la reforma constitucional “son absolutamente inaceptables.

“La autonomía y soberanía de la Corte no deben ser vulneradas por poder alguno. También nos parece que los plazos legales y los ritmos de trabajo de la Corte y sus ministros deben ser respetados en este, como en cualquier otro tema que sea puesto a su consideración”, reiteró Javier Corral.

 
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