Usted está aquí: viernes 5 de septiembre de 2008 Política Dictan orden de aprehensión contra Gómez Urrutia y 4 de sus colaboradores

■ Las autoridades mexicanas iniciarán ahora el proceso para extraditarlo de Canadá

Dictan orden de aprehensión contra Gómez Urrutia y 4 de sus colaboradores

■ En el mismo fallo se exoneró a dos funcionarios bancarios

■ Sus abogados ya buscan ampararlo

Alfredo Méndez

Ampliar la imagen Con la decisión de la juez Silvia Carrasco, Napoleón Gómez Urrutia no podrá regresar a México en 2009, como tenía planeado Con la decisión de la juez Silvia Carrasco, Napoleón Gómez Urrutia no podrá regresar a México en 2009, como tenía planeado Foto: Marco Peláez

Una juez federal de procesos penales con sede en el Reclusorio Norte ordenó la madrugada de ayer la aprehensión del líder del sindicato minero Napoleón Gómez Urrutia.

La acusación que le fincó la Procuraduría General de la República (PGR) es por un delito financiero grave, que en su caso consistió en disponer ilegalmente de diversas cuentas bancarias mediante las cuales se transfirieron en 2004 los 55 millones de dólares de un fideicomiso de los trabajadores del gremio.

Fuentes gubernamentales revelaron a este diario que con la resolución de la juez federal las autoridades mexicanas buscarán iniciar un procedimiento de extradición en contra del líder minero, quien se encuentra exiliado en Canadá desde hace casi dos años.

Durante la madrugada del jueves, la juez Silvia Carrasco concedió la orden para capturar a Gómez Urrutia y a los integrantes del gremio, Héctor Félix Estrella, Juan Linares Montúfar, José Rocha Pérez y Gregorio Pérez Romo, quienes no tendrán el beneficio de la libertad provisional bajo fianza.

En su fallo, la juzgadora negó conceder órdenes de aprehensión contra los funcionarios del Banco Scotiabank, Alejandro de Anda Arriaga y Felipe Alberto López.

Esta es la primera ocasión en que la PGR consigue una medida cautelar contra el líder minero, ya que en 2006, cuando era presidente Vicente Fox, otros dos jueces federales se negaron a obsequiar órdenes de captura contra Gómez Urrutia, acusado entonces de lavado de dinero.

La determinación de la juez modificará los planes de Gómez Urrutia, quien confiaba en regresar a México a principios de 2009, una vez que ganara en definitiva los amparos que en primera instancia ya lo libraron de cinco cargos penales de la justicia local, por la supuesta administración fraudulenta de 55 millones de dólares del fideicomiso minero, en perjuicio de casi 10 mil trabajadores.

Silvia Carrasco tardó dos semanas en conceder a la PGR las órdenes de aprehensión, cuando en teoría, la legislación penal federal la obligaba a resolver en 24 horas, a partir de la consignación del expediente UEIFF/FINM02-/64/2006, lo que ocurrió el pasado 23 de agosto.

En entrevista telefónica, Marco Antonio del Toro, del grupo de penalistas que defiende al líder minero, adelantó que impugnarán el fallo por la vía del amparo.

El litigante aseguró que la resolución contra los dirigentes sindicales es ilegal, pues por un lado inculpa a Gómez Urrutia y a sus colaboradores, pero exonera a los ejecutivos bancarios, lo cual, desde su posición, no configura el delito que se le imputa.

“La orden de aprehensión es ilegal, en función de que se invoca un delito de la Ley de Instituciones de Crédito, derivado de la extinción del fideicomiso, a pesar de que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores emitió opinión respecto de que la extinción del fideicomiso se realizó en forma apegada a derecho”, indicó.

La PGR fincó cargos al líder minero por la supuesta violación del artículo 113 bis de la Ley de Instituciones de Crédito, en una modalidad grave.

Este delito sanciona “a quien en forma indebida utilice, obtenga, transfiera o de cualquier otra forma, disponga de recursos o valores de los clientes de las instituciones de crédito”, y está penado desde tres y hasta 10 años de cárcel y multa de hasta 30 mil días de salario.

Marco Antonio del Toro adelantó que presentará una queja contra la juez federal, primero por tardarse más del tiempo en resolver y, segundo, por no apegarse a los elementos jurídicos que indica este tipo penal.

 
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