Usted está aquí: jueves 11 de septiembre de 2008 Política Determina la Corte atraer un amparo interpuesto sobre la matanza de Acteal

■ Los hermanos Pujuc Luna alegan que se les sentenció sin considerar todos los testimonios

Determina la Corte atraer un amparo interpuesto sobre la matanza de Acteal

■ El asunto reviste interés superlativo por la posible afectación de valores sociales y políticos, dicen ministros

Jesús Aranda

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó ayer ejercer su facultad de atracción para conocer un nuevo amparo (en julio pasado atrajo tres asuntos que involucran a 24 sentenciados) relacionado con la matanza de Acteal, ocurrida el 22 de diciembre de 1997, en la que fueron asesinados 45 tzotziles de esa comunidad del municipio de Chenalhó, Chiapas.

Los ministros consideraron que el asunto reviste un “interés superlativo” por la posible afectación o alteración de valores sociales y políticos, así como de convivencia, bienestar o estabilidad del Estado vinculados con la impartición de justicia.

“Conscientes” de que el asunto es relevante, novedoso y complejo, los cinco togados de la primera sala determinaron que en este asunto es necesario “un pronunciamiento del máximo tribunal de justicia del país y que el criterio que se llegara a sustentar va a repercutir de manera excepcionalmente importante en la solución de casos futuros”.

El dictamen elaborado por la ministra Olga Sánchez Cordero señala que el asunto es de interés nacional, en el que todos los sectores de la sociedad están interesados, pues los hechos ocurridos en Acteal han sido calificados por diversos medios de comunicación, defensores de los derechos humanos, gobiernos y sociedad en general, tanto a escala nacional como internacional, como “la matanza de Acteal”, “el genocidio de Acteal”, “crimen de lesa humanidad”, etcétera.

Basta consultar páginas de los distintos buscadores de Internet –añade la sentencia– para percatarse de todo tipo de opiniones de medios, periodistas, religiosos, organizaciones no gubernamentales de derechos humanos, tanto nacionales como internacionales, así como de los reiterados reclamos de justicia respecto a los hechos.

Además –subraya–, el número de víctimas (45 muertos y 16 heridos), el número de personas que participaron en los hechos –se habla de más de 100 victimarios, provenientes de diversas comunidades del municipio de Chenalhó– hace que el asunto sea de interés relevante.

La investigación que realizará la propia ministra Sánchez Cordero tiene como origen el amparo directo que solicitaron Antonio Pujuc Luna y Mariano Pujuc Luna, quienes alegan que la valoración de pruebas que realizó el primer tribunal unitario del vigésimo circuito, que los sentenció el pasado 21 de abril por los delitos de homicidio y lesiones, así como por diversas violaciones a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, se basó exclusivamente en los testimonios acusatorios, y no en los que los exoneran de los cargos.

Durante la sesión pública, Sánchez Cordero señaló: “tendremos la posibilidad de fijar el valor de aquellas pruebas cuya obtención puede estar relacionada con haberse practicado sin las formalidades legales establecidas para ese fin y una posible violación, con ello, de derechos fundamentales de las personas que están implicadas en estos asuntos”.

Cabe señalar que la solicitud de atracción fue hecha por la magistrada Marta Olivia Tello, presidenta del segundo tribunal colegiado del vigésimo circuito, quien consideró que la SCJN debía conocer el asunto, porque los hechos “no han dejado de ser noticia en medios de comunicación nacionales y extranjeros, a pesar del tiempo transcurrido”.

Además destacó la particularidad de que “los habitantes de la comunidad de Acteal fueran simpatizantes del Ejército Zapatista de Liberación Nacional, y que la disputa por el dominio de un banco de arena existente en la zona generó inestabilidad social en la región, que culminó con el ataque perpetrado a la comunidad con los resultados ya sabidos”.

 
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