Usted está aquí: jueves 27 de noviembre de 2008 Política Revoca tribunal electoral petición del IFE para conocer fuentes de La Jornada

■ Señala que el instituto pretendía aplicar una ley en forma indebida

Revoca tribunal electoral petición del IFE para conocer fuentes de La Jornada

Fabiola Martínez

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las solicitudes de información emitidas por el Instituto Federal Electoral (IFE) a este diario, con base en las cuales pretendía conocer las fuentes de información utilizadas para la elaboración de diversas notas periodísticas publicadas en 2006.

Por unanimidad, los magistrados del máximo tribunal electoral del país concluyeron que los requerimientos girados a la empresa Demos Desarrollo de Medios SA (editora de La Jornada) se elaboraron con base en la norma actual y no en la que estaba vigente durante el proceso electoral federal de 2006.

El secretario ejecutivo del Consejo General del IFE había formulado diversos requerimientos acerca de las fuentes de información para la elaboración de notas periodísticas publicadas por este diario los días 3 y 4 de marzo de 2006.

Los magistrados concluyeron que el IFE pretendía aplicar la ley de manera retroactiva:

“(…) Si los hechos denunciados que dieron origen a los citados procedimientos ocurrieron durante el proceso electoral 2006, es decir, cuando estaba vigente el Cofipe (Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales) del 15 de agosto de 1990 con sus respectivas reformas, se estima que no es conforme a derecho que la responsable (IFE) dictara requerimientos que contengan apercibimientos de posibles sanciones con fundamento en disposiciones que entraron en vigor con posterioridad a los hechos denunciados”.

Ante ello, aprobó decretar la acumulación de expedientes “y revocar los requerimientos de mérito, así como todas las determinaciones relacionadas con los mismos y los apercibimientos formulados a la actora (Demos Desarrollo de Medios) dentro de los procedimientos de queja”.

En septiembre pasado, el TEPJF reconoció que los términos en que el IFE había realizado el requerimiento de información son violatorios del derecho de los comunicadores a salvaguardar el secreto de sus fuentes de información.

 
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