Usted está aquí: miércoles 3 de diciembre de 2008 Sociedad y Justicia Expuestas al acoso sexual en el ámbito laboral, 40% de las mujeres: especialista

■ Las organizaciones gremiales, las que más pueden hacer para frenar estas situaciones, señala

Expuestas al acoso sexual en el ámbito laboral, 40% de las mujeres: especialista

Carolina Gómez Mena

Aunque es difícil contar con cifras certeras en torno al acoso sexual en el ámbito laboral, se estima que 40 por ciento de las mujeres estarían expuestas a este tipo de situaciones, que van desde las más leves, como insinuaciones, hasta tocamientos o coacción, señaló la antropóloga social María de Jesús Pinto Iglesias, quien remarcó que se calcula que entre 9 y 10 por ciento de los casos son extremos, es decir es un acto sistemático, totalmente identificado y que daña la salud sicológica y corporal de la persona violentada.

En entrevista concedida durante el encuentro Las trabajadoras en la lucha contra la violencia y su erradicación en los espacios laborales, realizado en el Sindicato de Telefonistas, la experta española –quien colabora con el Consorcio de Infancia Mundo Urbano (Cimu), del ayuntamiento de Barcelona– refirió que este tipo de violencia está ligado a las relaciones de poder, y que aún para muchos es “invisible”, pese a que se da en todos los países, en todos los tipos de espacios laborales, formales o informales, empresas pequeñas o grandes, y puede ser ejercido por trabajadores con el mismo rango que la persona agredida, o por directivos o dueños de las empresas.

Tras remarcar que lo primero que se debe entender es que el hostigamiento o acoso sexual “no es algo normal en el ambiente de trabajo”, la especialista en temas de género expuso que este fenómeno es más frecuente en los espacios en que no existe la sindicalización, y acotó que son justamente las organizaciones gremiales las que más pueden hacer para frenar estas situaciones.

Lo anterior se logra mediante el establecimiento de cláusulas que sancionen estas actitudes y procedimientos que tengan que ser acatados por los empresarios y sus directivos, particularmente que se establezcan “protocolos de actuación” y que los gremios emprendan campañas de sensibilización.

Apuntó que también el acoso sexual ya está considerado en muchas leyes nacionales y locales de diversos países, e incluso tipificado en códigos penales. Citó que por ejemplo en Europa todas las naciones condenan estos hechos con cárcel o pago de multas, pero destacó que aunque la sanción es importante, lo primordial es que la persona agredida sea reparada en su situación.

En el caso de España comentó que al estar tipificado en el Código Penal, los castigos van de seis a 12 semanas de cárcel hasta la imposición de multas, y estas penas son más altas dependiendo de la gravedad del hecho, esto es si el acosador es un jefe, si se impidió una promoción laboral o si la mujer, por ejemplo, fue contratada de forma temporal.

La antropóloga manifestó que, aunque es muy poco frecuente, también existe acoso de mujeres hacia hombres y de hombres a hombres o mujeres a mujeres, y apuntó que cuando es una mujer la agresora, ésta siempre tiene un cargo de jerarquía y “ejerce estas acciones porque ha interiorizado los comportamientos machistas de los hombres”.

Apuntó que muchas mujeres agredidas experimentan manifestaciones corporales de lo que les sucede y pueden presentar agotamiento, dolores de cabeza, desgano, así como baja autoestima, o incluso, “como en muchas violencias de género, la víctima termina sintiéndose culpable de la actitud que toma el agresor, al pensar que se lo incitó a ello”.

 
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