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Buscan hacer deducibles las colegiaturas
 
Periódico La Jornada
Lunes 13 de abril de 2009, p. 5

La fracción del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en la Cámara de Diputados propuso una modificación a la ley del impuesto sobre la renta (ISR) para hacer deducible el pago de colegiaturas, luego de que –aseguró– unos 20 mil alumnos de educación básica, de una matrícula nacional de más de 4 millones, han abandonado escuelas privadas por la crisis económica.

El coordinador priísta en San Lázaro, Emilio Gamboa Patrón, aseguró en un comunicado que con esta propuesta no sólo se busca detener la deserción escolar, sino otorgar una opción a padres de familia que tampoco encontrarán un lugar para sus hijos en escuelas públicas, ante la incapacidad gubernamental de asegurar educación para todos los niños mexicanos.

Si nuestro mayor reto como nación es abatir la pobreza y la desigualdad, no podemos permitir que se obstaculice la formación académica de las próximas generaciones, pues de ello dependerá la fuerza para consolidar el futuro del país, dijo Gamboa.

Refirió que debido a la alta pérdida de empleos, miles de padres de familia no pueden cubrir las colegiaturas de sus hijos en edad escolar, y por eso se planteó modificar el artículo 225 de la ley del ISR, para deducir del pago de ese gravamen a las colegiaturas hasta el equivalente que gasta el Estado mexicano en la educación básica.

Esto es, dijo el legislador priísta, de hasta 11 mil 990 pesos para prescolar, 20 mil 800 para primaria, así como 16 mil 600 pesos para secundaria. También, expuso, se propuso modificar el artículo 176 de la misma ley para establecer que las personas físicas residentes en el país podrán hacer deducibles para sí o sus dependientes económicos, las colegiaturas pagadas a instituciones privadas de educación básica.

Finalmente, aseguró que esta reforma no tendría un impacto fiscal en los ingresos de la Federación, ya que constituiría un estímulo a los contribuyentes al presentar su declaración anual en tiempo y forma, a fin de solicitar en ésta la devolución respectiva del impuesto sobre la renta.