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Funcionarios de la Corte le achacan no haber integrado legalmente la averiguación previa

Culpa de la PGR, si quedan libres asesinos de Acteal, dicen ministros

Señalan que la decisión se basará en que deben ser liberados por las violaciones procesales

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Sobrevivientes de la matanza de tzotziles en Acteal, municipio de ChenalhóFoto René Araujo
 
Periódico La Jornada
Sábado 8 de agosto de 2009, p. 3

La liberación de al menos 12 paramilitares, acusados de matar a 45 indígenas en Acteal, Chiapas, será responsabilidad de la Procuraduría General de la República (PGR) por no haber integrado legalmente la averiguación previa y por errores de procedimiento, sostuvieron ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), quienes rechazaron que su decisión implique la impunidad en el castigo de los responsables.

Ante la inminente concesión del amparo a 41 implicados en los hechos –en la sesión del próximo miércoles de la primera sala de la Corte–, los funcionarios entrevistados precisaron que la sentencia de la Corte no señala responsabilidad o inocencia en los cargos que se imputan a los acusados; sino que la decisión se basa en que deben ser dejados en libertad por las violaciones procesales cometidas durante la averiguación previa y el juicio en su contra.

Respecto a la posibilidad de que resulten beneficiados paramilitares que agredieron a los integrantes de la comunidad de Las Abejas, como lo han advertido representantes de diversas organizaciones civiles y defensoras de los derechos humanos, los ministros dijeron que, así como podían beneficiarse responsables directos de los homicidios, también saldrán libres indígenas que llevan casi 12 años de prisión a pesar de ser inocentes.

Las sentencias impugnadas, que van de 25 a 40 años de prisión por los hechos ocurridos el 22 de diciembre de 1997, son, en resumidas cuentas, inconstitucionales, enfatizaron.

Señalaron que la PGR no demostró que fueran éstos los autores materiales de los mismos y ni siquiera, en muchos de los casos, que los acusados hubieran estado en el lugar de los hechos.

Es decir, señalan las sentencias absolutorias, no se acreditó plenamente su responsabilidad en el homicidio de 49 indígenas que se encontraban en un campamento de refugiados en Chenalhó, Chiapas.

Respecto de la violación en el procedimiento, comentaron que los interrogatorios a los acusados y algunos testigos de cargo se efectuaron sin la presencia de un traductor que hablara la lengua indígena del compareciente.

Ministros cuestionaron también la falta de sensibilidad de autoridades de la Federación y de Chiapas al abordar la matanza, ocurrida el 22 de diciembre de 1997, cuando 300 personas oraban en la ermita de Acteal, donde fueron atacadas con la complacencia de autoridades, que no intervinieron, con saldo de 45 tzotziles muertos (19 mujeres –cuatro embarazadas–, ocho hombres, 14 niñas, cuatro niños y 16 personas heridas, la mayoría menores de edad).

Los expedientes revelan que la investigación fue efectuada como un acto rutinario, como si la matanza no mereciera mayor atención, lo cual también resulta inaceptable.

Además, la investigación oficial no toma en cuenta la situación económica, política y social de la zona, y su relación con la masacre, lamentaron.

Se espera que el próximo miércoles, cuatro de los cinco ministros que integran la primera sala (José Ramón Cossío Díaz, Olga Sánchez Cordero y José de Jesús Gudiño Pelayo y Juan N. Silva Meza) voten en favor de conceder la libertad inmediata a los 41 sentenciados, quienes presentaron sus recursos en tres procesos diferentes.

Como adelantó La Jornada el 26 de mayo pasado, las sentencias absolutorias favorecen a los indígenas que fueron acusados de los delitos de lesiones, homicidio calificado y portación de arma de uso exclusivo del Ejército. Habían recibido condenas de 25 a 40 años de prisión.

Ninguno de los recursos está relacionado con los quince ex agentes estatales y oficiales públicos que también fueron sentenciados.

En mayo pasado, había consenso entre los ministros Cossío, Gudiño, Silva y Sánchez Cordero de conceder la liberación inmediata a 13 indígenas, el resto obtendría un amparo para efectos, que consistía en ordenar al juez que subsanara las violaciones al proceso legal y emitiera una nueva sentencia.

Sin embargo, en junio pasado, los cuatro ministros consideraron que había elementos suficientes para otorgar el amparo liso y llano a los 41 quejosos, lo que implica su inmediata libertad.

El otro integrante de la sala, Sergio Valls, se pronunció contra la concesión de los amparos.

Ante la presión que se ejerció en ese entonces por la liberación de los responsables de la matanza, Valls –oriundo de Chiapas y, se dice, con intereses políticos en esa entidad– propuso a sus compañeros que la resolución fuera después de la primera semana de julio, es decir, tras las elecciones federales del día 5. Sus compañeros aceptaron.

Después se cruzaron las vacaciones en el Poder Judicial, por lo que los asuntos se listaron para el próximo 12 de agosto.

Los amparos fueron presentados por grupos de sentenciados. Olga Sánchez Cordero revisó cuatro asuntos; José Ramón Cossío, 14; Sergio Valls, 15, y José de Jesús Gudiño Pelayo, seis. Sin embargo, se espera que los dictámenes de Valls sean rechazados y se conceda el amparo solicitado en la mayoría de los casos.