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Conservarán los panistas Demetrio Sodi y Carlos Orvañanos su triunfo como delegados

Revoca el TEPJF la anulación de los comicios en M. Hidalgo y Cuajimalpa

Considera ilegal la decisión del IEDF e indebida la ratificación del TEDF

Se alteraron los procedimientos de investigación de gastos de campaña, al aceptar pruebas a destiempo, argumenta

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La presidenta del PAN-DF, Mariana Gómez del Campo, y el jefe delegacional electo en Cuajimalpa, Carlos Orvañanos, al término de la sesión del TEPJFFoto Cristina Rodríguez
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Los magistrados Roberto Martínez Espinosa, Ángel Zarazúa Martínez y Eduardo Arana MiravalFoto Cristina Rodríguez
 
Periódico La Jornada
Martes 29 de septiembre de 2009, p. 32

La sala regional del Distrito Federal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la anulación de los comicios en las delegaciones Miguel Hidalgo y Cuajimalpa que habían decretado las autoridades electorales locales, confirmando los triunfos del PAN en ambas demarcaciones. Los magistrados consideraron ilegal la decisión del Instituto Electoral del Distrito Federal e indebida su ratificación por el Tribunal Electoral capitalino.

Durante el desahogo de los últimos recursos promovidos en relación a las elecciones del Distrito Federal, la sala regional ni siquiera discutió el fondo del asunto –la violación al tope de gastos de campaña–, sino que revocó las resoluciones en función de una alteración a los procedimientos utilizados para la investigación de los gastos de campaña del PAN, a partir de los recursos promovidos por el PRD.

Al descalificar la actuación de las autoridades electorales capitalinas, el magistrado presidente, Eduardo Arana, dijo que el proyecto presentado en Cuajimalpa –y reproducido en lo esencial para Miguel Hidalgo– “obedece fundamentalmente a que está demostrada la ilegalidad de la actuación del IEDF, confirmada indebidamente por el Tribunal local al permitir la introducción de hechos, pruebas en contra del PAN (…) en franca violación a los principios de legalidad y seguridad jurídica”.

En la extensa explicación sobre las razones de la violación procesal del IEDF, el proyecto –explicado posteriormente por el magistrado Roberto Martínez– subraya que la legislación electoral capitalina permite a un partido que tenga indicios de violaciones al tope de campaña de un adversario, promover una queja tres días después de concluidas las campañas, dado que romper los márgenes de gasto es causal de nulidad.

El PRD presentó en los plazos legales la queja por la presunta violación de los topes de gastos de campaña del PAN, acompañada de las pruebas que apuntalaban la denuncia. Sin embargo, Martínez explicó que la ley circunscribe la investigación a las pruebas entregadas en ese momento e impide añadir nuevos elementos durante las indagatorias, situación que fue violada por el IEDF en ambos casos.

Martínez explicó que esta alteración incidió directamente en una inequidad en el desahogo del proceso electoral y afectó la imparcialidad con que debería conducirse la autoridad electoral. El IEDF no puede actuar de manera discrecional en el desahogo de sus investigaciones.

Subrayó que en el caso de Miguel Hidalgo, el IEDF incluso emitió un emplazamiento de información a la empresa Mega direct –proveedora de servicios de Internet para el candidato panista, Demetrio Sodi– el mismo día en que oficialmente se cerró la instrucción de las indagatorias.

En ello coincidieron los otros dos magistrados, al descalificar el proceder del IEDF de ratificar las afectaciones que –se argumentó– implicaron al PAN. En este caso, ni siquiera se les notificó de las cotizaciones que el PRD entregó de esa misma empresa para apuntalarlo como argumento de gastos no incluido en la denuncia original.

Los magistrados subrayaron que la facultad del IEDF para investigar indicios de violación de topes de campaña no es ilimitada ni puede ejercerse discrecionalmente, porque eso vulneraría el principio de certeza en la actuación de la autoridad. Por ello debió circunscribir sus indagatorias a los hechos denunciados originalmente por el PRD y no ir más allá admitiendo, indebidamente, nuevos elementos entregados con posterioridad.

La entrevista de la discordia

Por lo que hace al caso Miguel Hidalgo y la polémica entrevista de Sodi durante un partido de futbol transmitido por Televisa, se subrayó que el IEDF y el TEDF retomaron de manera parcial e indebida la resolución del TEPJF que en su momento rechazó que fuera ilegal, aunque reconoció el carácter propagandístico de la misma.

El magistrado Martínez dijo que el IEDF adoptó de manera contradictoria dicha resolución, puesto que las autoridades electorales capitalinas sólo validaron aquella parte donde se definía la entrevista como propaganda. Sin embargo, omitieron incorporar la segunda consideración, que rechazaba la ilegalidad de dicha entrevista, por lo que el IEDF la contabilizó como gastos de campaña.

Ambos recursos fueron debatidos y votados por separado con un desenlace similar: la revocación de la nulidad decretada por el IEDF. Por ello, confirmaron los triunfos de Demetrio Sodi en Miguel Hidalgo y Carlos Orvañanos en Cuajimalpa.

Durante la sesión, la sala regional del DF del TEPJF finiquitó todos los recursos relacionados con las elecciones de delegados confirmando igualmente las victorias del PRD en Cuauhtémoc, Coyoacán y Milpa Alta.