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Imposible conceder la protección de la justicia a trabajadores, dicen

La extinción de LFC, definitiva: Gómez Mont, Kessel y Lozano

Es un hecho consumado, exponen a la juez federal Guillermina Coutiño

 
Periódico La Jornada
Miércoles 11 de noviembre de 2009, p. 6

Los secretarios de Gobernación, Fernando Gómez Mont; de Energía, Georgina Kessel, y de Trabajo y Previsión Social, Javier Lozano, respondieron ayer en su exposición de motivos sobre la extinción de Luz y Fuerza del Centro (LFC), que entregaron a la juez federal Guillermina Coutiño Mata, que se trata de un hecho consumado de imposible reparación sobre el que no es posible conceder la protección de la justicia federal.

Para sustentar su postura jurídica, las autoridades citaron diversas jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) relativas a casos de juicios laborales en donde los ministros de la segunda sala han avalado la extinción, por orden presidencial, de paraestatales.

Al rendir sus informes justificados, las secretarías de Gobernación, de Energía y de Trabajo negaron la existencia del acto reclamado respecto de supuestas violaciones constitucionales a partir de la aplicación del decreto presidencial, pero admitieron la existencia de la reclamación en lo que tiene que ver con la publicación en el Diario Oficial de la Federación del ordenamiento emitido el pasado 11 de octubre.

Es de manifiesta lógica jurídica, y así lo sostiene la jurisprudencia, concluir que para esta demanda de garantías no procede el amparo y protección de la justicia federal, ya que el organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro conserva su personalidad jurídica exclusivamente para efectos del proceso de liquidación, que se ha cumplido en más de 50 por ciento de un total de 44 mil trabajadores, expusieron las autoridades responsables en el juicio 2962/2009.

Entre los argumentos expuestos por las tres dependencias para justificar ante la juez Coutiño la supuesta legalidad y constitucionalidad del decreto presidencial de extinción, destaca que la empresa paraestatal enfrentaba problemas de productividad.

Según las autoridades federales, el decreto no invadió esferas de competencia exclusivas del Congreso de la Unión, y tampoco carece de fundamentación y motivación, pues está sustentado en diversos artículos constitucionales y en leyes secundarias.

El próxim 28 de noviembre la juez efectuará una audiencia constitucional frente a las partes en conflicto, a partir de la cual emitirá un fallo sobre el decreto presidencial.