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Suma tres años sin cumplir la recomendación de la CNDH

Insisten ONG en que Lozano ordene el rescate de cadáveres en Pasta de Conchos
 
Periódico La Jornada
Lunes 21 de diciembre de 2009, p. 9

El Centro de Reflexión y Acción Laboral (Cereal) y decenas de organizaciones sociales denunciaron que el titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), Javier Lozano Alarcón, desde hace tres años ha incumplido la recomendación 26/2006 que le emitió la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), relacionada con la explosión en la mina Pasta de Conchos.

Las organizaciones civiles y el Cereal manifestaron que el pasado 11 de noviembre, a unos días de que concluyera la gestión de José Luis Soberanes Fernández como ombudsman nacional, recibieron un oficio del entonces segundo visitador general, Mauricio Ibarra Romo, en el que señala que la recomendación 26/2006 se encontraba aceptada con cumplimiento insatisfactorio por la STPS.

El reclamo fundamental de las organizaciones civiles y de la organización Familia Pasta de Conchos es el rescate de los 63 mineros restantes, cuyos cadáveres aún yacen en el socavón.

Las organizaciones señalan que el incumplimiento de la recomendación ha significado la prolongación del sufrimiento de los familiares de los 63 trabajadores cuyos cuerpos no han sido rescatados.

El Cereal, el Equipo Nacional de Pastoral Laboral, Red de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todos, el Centro de Estudios Ecuménicos, Servicios y Asesoría para la Paz, el Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria y el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, entre otras agrupaciones, exigieron a Lozano Alarcón una explicación del “por qué la dependencia a su cargo no ha resuelto satisfactoriamente la citada recomendación de la CNDH, que en su parte medular señala:

Esta Comisión Nacional expresa su preocupación por el rescate de los cuerpos de 64 trabajadores que aún permanecen al interior de la mina, toda vez que ello ha implicado la vulneración de un derecho para los familiares de los mismos. En este sentido, conforme a los artículos 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 12.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, toda persona tiene derecho a la libertad de creencias y religión, dentro de éstas se encuentran las relativas a la relación del individuo con los restos mortales de sus difuntos.