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Da la razón a Bartlett en querella contra Germán Martínez

SCJN: legisladores pueden ser demandados por sus opiniones
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Manuel Bartlett demandó por daño moral a Germán Martínez, quien en 2006 lo culpó del asesinato del periodista Manuel Buendía y de haber cometido fraude en los comicios de 1988Foto Marco Peláez y Cristina Rodríguez
 
Periódico La Jornada
Martes 23 de febrero de 2010, p. 9

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó (con votación de ocho a dos) que el fuero parlamentario protege a los diputados y senadores únicamente para el desempeño de las funciones propias de su cargo previstas en la Constitución y leyes en la materia, por lo que no hay impedimento para demandarlos cuando sus actos puedan derivar en una responsabilidad.

Así lo resolvió al conceder ayer un amparo al ex secretario de Gobernación Manuel Bartlett para efecto de que proceda la demanda que interpuso por daño moral contra el panista Germán Martínez Cázares, quien en mayo de 2006 lo responsabilizó en una sesión del Consejo General del Instituto Federal Electoral del asesinato del periodista Manuel Buendía y de haber cometido fraude en los comicios presidenciales de julio de 1988.

Efecto didáctico

Al término de la sesión, Bartlett destacó en entrevista que el fallo fija una muy clara limitación y tiene gran efecto didáctico, ya que los legisladores no tienen privilegios y se les puede demandar por delitos concretos.

Aseguró que no pretende una indemnización económica del panista –a quien acusó de escudarse en el fuero constitucional para que no procediera el juicio–, sino defender su prestigio personal, el derecho a la buena fama y para que se sancione a Martínez por el daño moral que le causó al atribuirle delitos con esa ligereza con que lo hizo.

Con la decisión del pleno, el asunto fue turnado al juzgado correspondiente para que determine si el panista se extralimitó en su libertad de expresión.

El dictamen elaborado por Juan N. Silva Meza señala que las declaraciones que hizo el entonces diputado federal panista no fueron hechas en el desempeño de una función parlamentaria protegida en términos constitucionales por la inviolabilidad (inmunidad o fuero).

Los ministros Sergio Salvador Aguirre Anguiano y Sergio Valls se pronunciaron contra el amparo.

José Ramón Cossío precisó que el fuero parlamentario protege a los legisladores en el ejercicio de su cargo, según señalan la Constitución y las leyes Orgánica del Congreso y de Responsabilidades, así como en actuaciones estrictamente legislativas.

En cambio, Valls dijo que la función legislativa requiere la más absoluta, la más completa libertad, y que en aras de privilegiar el pluralismo político, el legislador debe estar libre de presiones o del temor a la represalia política o judicial por las opiniones que exprese.

Aguirre Anguiano –quien dirigió el debate ante la ausencia del ministro presidente, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia– sostuvo que la política es una materia pasional y que la bella tesis del discurso racional no se aplica en ningún lugar del mundo, y menos, por razón del desarrollo del civismo de los legisladores, en el pueblo mexicano.

Arturo Zaldívar le contestó que en países europeos existen innumerables precedentes para constreñir esa inmunidad.

Subrayó que el fuero no constituye un derecho fundamental del legislador, sino una garantía constitucional que se da para proteger la función parlamentaria.