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En respuesta a una petición de información, apoya lo dicho por Presidencia

Avala el IFAI inexistencia de documentos sobre extinción de LFC
 
Periódico La Jornada
Jueves 4 de marzo de 2010, p. 18

El Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI) avaló la declaratoria de inexistencia hecha por la Presidencia de la República respecto de los documentos en que se basó el decreto de extinción de Luz y Fuerza del Centro (LFC).

Según respuesta de esa entidad a una solicitud de información, no posee en sus archivos ningún documento sobre el proceso mediante el cual Felipe Calderón elaboró el decreto. Tampoco tiene los nombres de los juristas que participaron en la fundamentación legal ni de los momentos en que el mandatario tomó la decisión.

En el recurso de revisión 5931/09 del IFAI, a cargo de la comisionada ponente Sigrid Artz Colunga, se indica que la Presidencia ya había remitido a ese instituto el oficio ST/2008/09, de fecha 10 de octubre de 2009, donde el secretario técnico presidencial, Eduardo Álvarez Ponce, remite al consejero jurídico del Ejecutivo federal, Miguel Alessio Robles Landa, tres tantos del referido decreto.

También se devolvió a la Consejería toda la documentación vinculada con el decreto, para continuar el procedimiento de liquidación de LFC.

En consecuencia, el IFAI avaló tal declaratoria y la orientación que hizo la Presidencia al solicitante de los documentos, en el sentido de que acuda a la Consejería Jurídica del Ejecutivo o ante las secretarías de Hacienda y de Energía, por ser directamente responsables del proceso referido.

Por otra parte, el pleno del IFAI determinó denunciar ante la Secretaría de la Función Pública (SFP) a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) por el flagrante incumplimiento y ligereza en una respuesta en la que declaró la inexistencia del padrón de sancionados por traficar con especies silvestres, pese a que la ley en la materia ordena que ese documento es de carácter público.

Al presentar el recurso 322/10, la comisionada María Marván refirió que, pese a lo ordenado en la Ley General de Vida Silvestre, el comité de información de la Profepa declaró, con el aval de su órgano interno de control, la inexistencia del referido padrón, mismo que debe estar disponible en la página electrónica de ese órgano desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente.

Y no sólo debe ser accesible en términos del derecho a la información ambiental y pública gubernamental, sino que desde 2008 el IFAI le había ordenado elaborar dicho padrón, en el recurso 3245, a cargo de Jacqueline Peschard, recordó Marván.