Sociedad y Justicia
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Senadores piden castigar exposición de imágenes ofensivas

Impulsa PRD iniciativa sobre Internet
 
Periódico La Jornada
Jueves 1º de abril de 2010, p. 35

La Fracción del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en el Senado impulsa una iniciativa para regular el uso de Internet y sancionar, incluso con prisión de dos a cinco años, a quienes expongan en la red imágenes que atenten contra la integridad, la dignidad y el honor personal.

Los senadores Tomás Torres, Rosalinda López y Lázaro Mazón señalaron que se trata de una reforma necesaria, pues la falta de legislación ha provocado que se difundan más fotografías o videos comprometedores u ofensivos en Internet, los cuales provocan daño irreversible a las víctimas y sus familias.

Quienes han visto vulnerada su intimidad han sido expuestos a la burla y al rechazo social, y muchos –agregaron– han sido obligados a dejar sus lugares de residencia e incluso se han dado casos extremos en que se busca una salida falsa, como el suicidio, se advierte en la exposición de motivos de la iniciativa.

En entrevista, Torres explicó que no se trata de un problema menor, sino de una realidad que requiere acción inmediata, casi con la misma velocidad con que se dan los cambios tecnológicos, sobre todo porque la mayor parte de afectados son jóvenes.

Agregó que se propone reformar el artículo 209 bis del Código Penal Federal, para imponer de dos a cinco años de prisión y de 300 a 500 días de multa al que por medio de Internet exponga imágenes, videos o fotografías, reales o simuladas de persona identificable, sin el conocimiento de ésta, que dañen su dignidad y honor.

El artículo se inscribiría en un nuevo capítulo, el VIII del título octavo del Código Penal Federal. La norma obligaría a las empresas prestadoras de servicios de Internet a retirar imágenes ofensivas, para lo cual bastaría una solicitud que por cualquier medio realice la autoridad investigadora, mediante sus representaciones, agencias u oficinas.

La iniciativa perredista plantea también reformar el artículo 174 del Código Federal de Procedimientos Penales, a fin de que en los casos de difusión de imágenes que dañen el honor o la dignidad de las personas, el Ministerio Público de la Federación o la autoridad que actúe en auxilio de sus funciones solicitará, sin dilación alguna, a las empresas involucradas retirar las imágenes en cuestión.

Se prevé que si la empresa o empresas prestadoras del servicio no tienen sede en el país, la autoridad hará la solicitud por Internet para el retiro de las imágenes.