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Caso del guerrerense Rosendo Radilla Pacheco

Revisa la SCJN si está obligada a obedecer orden de la CIDH
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Tita Radilla expone el caso de la desaparición de su hermano, en 1974, durante la guerra sucia en GuerreroFoto Alejandro Meléndez
 
Periódico La Jornada
Miércoles 1º de septiembre de 2010, p. 20

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó ayer que debe analizar si está obligada a acatar la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que condenó al Estado mexicano por la desaparición forzada del guerrerense Rosendo Radilla Pacheco, ocurrida el 25 de agosto de 1974.

Por mayoría de ocho votos contra tres, los ministros consideraron que antes de pronunciarse sobre el proyecto elaborado por José Ramón Cossío Díaz, en el cual señala que el Poder Judicial de la Federación (PJF) debe atender cabalmente dicha sentencia, el pleno tiene que analizar si previamente debe seguir un procedimiento interno de discusión, con lo que se aplazaría indefinidamente la decisión de los ministros.

El proyecto de Cossío señala que de acatarse la decisión de la CIDH, en los hechos se sentarían las bases para declarar la inconstitucionalidad del artículo 57 del Código de Justicia Militar, el cual permite que autoridades castrenses juzguen a soldados acusados de cometer delitos en agravio de la población civil.

De acuerdo con el dictamen, la CIDH planteó que el PJF debe analizar determinadas medidas de reparación, como imponer límites a la jurisdicción militar y crear un programa de formación sobre el debido juzgamiento del delito de desaparición forzada, además de velar por que no se repitan las violaciones cometidas por el Estado mexicano en el caso Radilla Pacheco, en el sentido de que la justicia castrense intervino en el asunto, cuando le competía al fuero común.

Al iniciar la discusión sobre la solicitud de trámite hecha por el presidente de la SCJN, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, para determinar qué actitud debía tomar el PJF respecto de la sentencia de la CIDH, la mayoría se apartó del proyecto de Cossío, quien planteaba entrar al fondo del asunto.

En lugar de ello se aceptó discutir en primera instancia si la Corte debe analizar el tema, ya que Sergio Aguirre, Luis María Morales y José de Jesús Gudiño Pelayo consideraron que el tribunal no fue notificado oficialmente de la sentencia y que, por tanto, no tiene por qué discutir el asunto.