Economía
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Emite Cofemer reglas para corresponsales bancarios
 
Periódico La Jornada
Jueves 9 de septiembre de 2010, p. 31

La Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) emitió anoche el dictamen final sobre la nueva normatividad que permitirá a hoteles, tiendas departamentales, tiendas de conveniencia y de duty free que operan como corresponsables bancarios y están ubicados en zonas turísticas y la frontera norte comprar y vender dólares de sus clientes dentro de los límites permitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

La Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco) se había quejado de las restricciones alegando que afectaban la actividad económica, pero con la flexibilización previó que, por ejemplo, los hoteles podrán recibir 300 dólares diarios de huéspedes nacionales y hasta mil 500 al mes de manera acumulada, lo mismo que los turistas extranjeros, o bien se permitirá realizar compras hasta por cien dólares en cada transacción.

Las restricciones que impuso la SHCP desde julio de 2010 en las transacciones con dólares como una medida de seguridad nacional para evitar el lavado de dinero fueron complementadas a principios de este mes con otras cuatros disposiciones que Cofemer tuvo que revisar para determinar tanto si servían para que el sistema financiero no resultara vulnerado por dólares provenientes de operaciones ilícitas como que no afectaran actividades económicas del turismo y la frontera con Estados Unidos.

Reportes a la autoridad

Las nuevas modificaciones que hizo Hacienda fueron a la regulación sobre instituciones de crédito, Ley del Mercado de Valores y Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito aplicables a las casas de cambio.

El objetivo es permitir que los comisionistas que efectúen operaciones a nombre y cuenta de un banco (corresponsales bancarios) puedan también brindar al público el servicio de compraventa de dólares, sujeto a los límites vigentes que aplican a las instituciones de crédito, según Cofemer.

Así, se espera que empresas dedicadas a los servicios de hospedaje, venta de bienes y servicios que se encuentran en zonas fronterizas, puertos aéreos y marítimos reciban dólares de clientes y trabajadores fronterizos.

Las casas de bolsa y de cambio también estarán sujetas a los límites fijados por Hacienda en la compra-venta de dólares y tendrán la obligación de identificar a sus clientes y generar reportes ante la autoridad.

Con el dictamen de la Cofemer las nuevas modificaciones a las restricciones en la compraventa de dólares podrán ser publicadas a partir de este jueves en el Diario Oficial de la Federación.