Política
Ver día anteriorDomingo 3 de octubre de 2010Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio

No se modificarán las resoluciones por las que liberó a ex funcionarios, señalan en el MPF

Sólo castigo administrativo a juez que frustró el michoacanazo, si prospera queja de la PGR

La querella contra Cázares López incluirá la revisión de sus expedientes para saber si no se excedió

 
Periódico La Jornada
Domingo 3 de octubre de 2010, p. 11

En caso de que el Consejo de la Judicatura Federal determinara que Efraín Cázares López, titular del juzgado primero de distrito, con sede en Morelia, Michoacán, se excedió en sus facultades o liberó de manera indebida a ex funcionarios de aquel estado, como señaló la Procuraduría General de la República (PGR), únicamente sería sancionado de manera administrativa y sus resoluciones no se modificarían, revelaron integrantes del Poder Judicial de la Federación.

Como se recordará, el pasado 29 de septiembre la PGR presentó una queja contra Cázares López por haber concedido la libertad a 20 de 35 ex funcionarios públicos de Michoacán detenidos por presuntos vínculos con el cártel de La Familia.

La queja promovida por la PGR no ha sido turnada al comité de consejeros que analizará el caso. Los funcionarios consultados señalaron que no se modificarán las decisiones judiciales que permitieron la libertad de ocho servidores públicos por desvanecimiento de datos y 12 por modificación del auto de formal prisión, por lo que sólo que el Ministerio Público Federal promueva un nuevo proceso y un juez le otorgue la orden de aprehensión se podrá actuar nuevamente contra los liberados.

El pasado 28 de septiembre, el juzgado primero de distrito, con sede en Morelia, dictó libertad a cinco de los acusados por la procuraduría de tener vínculos con el crimen organizado; la resolución señala que “conforme a lo dispuesto por los artículos 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 95 y 96 del Código Federal de Procedimientos Penales, el juzgado primero de distrito en el estado de Michoacán resuelve que Irlanda Sánchez Román, Faraón Martínez Molina, Alfredo Ramírez García, Antonio Sánchez Gaytán y Noé Medina Martínez no son penalmente culpables en la comisión de delincuencia organizada, en su modalidad de colaboración al fomento para facilitar la ejecución de delitos contra la salud.

“En consecuencia, determina absolverlos de la acusación formulada en su contra por el Ministerio Público Federal, por la comisión de los delitos y variantes aludidos, y dispone su absoluta libertad por lo que se refiere al proceso penal II-4/2010.

“Irlanda Sánchez Román, Faraón Martínez Molina, Alfredo Ramírez García y Antonio Sánchez Gaytán, quienes eran policías ministeriales del estado, y Noé Medina Martínez, quien era policía municipal en Lázaro Cárdenas, guardaron prisión preventiva desde el 8 de enero de 2010 en el Centro de Readaptación Social David Franco Rodríguez, con sede en Irapeo, municipio de Charo, Michoacán.

El juzgado primero de distrito en el estado de Michoacán también levanta la suspensión de los derechos políticos y civiles que se les había impuesto, restituyéndoles así sus prerrogativas ciudadanas.

Dos días más tarde, el titular de la PGR declaró durante una conferencia de prensa: no coincidimos con los criterios, con el manejo y las resoluciones del juez primero de distrito, con sede en Morelia, Michoacán; creemos que en algunos casos incluso se ha excedido y por esa razón interpusimos ayer una queja en su contra ante el Consejo de la Judicatura Federal, porque ese es el medio que la institución prevé para inconformarse, insisto, cuando advierte que hay un exceso por parte de un juzgador.

El desahogo de la queja contra el juez Cázares López incluirá una sesión en la que el impartidor de justicia será escuchado por los integrantes del Consejo de la Judicatura, así como el examen de los expedientes para determinar si incurrió en excesos, como señaló la PGR; en caso de ser procedente, se le impondrá una sanción de carácter administrativo.