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Tribunal obliga a España pagarle 23 mil euros al líder abertzale

Condena Estrasburgo a Madrid por violar la libertad de expresión de Arnaldo Otegi
Corresponsal
Periódico La Jornada
Miércoles 16 de marzo de 2011, p. 36

Madrid, 15 de marzo. El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo (TDHE) acusó al Estado español de ser responsable de violar un derecho precioso, el de la libertad de expresión, del ex vocero de Batasuna Arnaldo Otegi, quien fue condenado a un año de prisión por afirmar en su calidad de diputado de las Cortes del País Vasco que el rey Juan Carlos era el jefe de los torturadores.

En un largo proceso penal, el alto tribunal dictaminó que la pena impuesta fue desproporcionada y, por tanto, deberá pagar al afectado una indemnización de 23 mil euros (400 mil pesos).

El 26 de febrero de 2003, cuando gobernaba el derechista José María Aznar, el líder abertzale Arnaldo Otegi compareció en rueda de prensa para valorar la reunión que había mantenido ese día el entonces lehendakari Juan José Ibarretxe con el rey Juan Carlos, de visita oficial en el País Vasco.

El líder independentista, que tenía fuero por su calidad de diputado, criticó la reunión e incluso llegó a afirmar que el monarca era el jefe supremo del ejército español y responsable de los torturadores, por su condición de jefe del Estado.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco consideró que las palabras de Otegi no suponían delito y se circunscribían en el respeto a la libertad de expresión. La sentencia molestó mucho al gobierno de entonces y la fiscalía, que decidieron recurrir ante el Tribunal Supremo que, poco tiempo después, no sólo desestimó el fallo sino que impuso una sentencia de un año de cárcel por el delito de injurias graves al rey.

El Tribunal Constitucional ni siquiera admitió a trámite el recurso de amparo presentado por los abogados de Otegi. Fue hasta 2008, cuando el TDHE decidió revisar el caso y ahora, casi tres años después, se hizo público el fallo, que es inequívoco en su resolución contra el Estado español.

La sentencia considera que el fallo de los tribunales españoles es desproporcionado y particularmente severo, ya que las afirmaciones del dirigente vasco se dieron en el contexto de un debate sobre una cuestión con un interés público legítimo, así que nada puede justificar la imposición de dicha pena. Por tanto, ordenó una indemnización de 20 mil euros por daños morales y 3 mil como pago de las costas del procedimiento.

El fallo añadió que el derecho a la libertad de expresión es precioso, pero más aún para un cargo elegido por el pueblo. Una pena de prisión por una infracción cometida en el discurso político no es compatible con la libertad de expresión garantizada por el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, señala el texto.

Otegi se encuentra en estos momentos en prisión, en calidad de preso preventivo por dos causas abiertas en su contra, por los supuestos delitos de pertenencia y colaboración con banda armada. En febrero pasado, el Tribunal Supremo decidió anular otra condena en contra de Otegi por parcialidad manifiesta de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional, presidida por la jueza Angela Murillo, que lo condenó a dos años de cárcel.

En otro asunto, los representantes legales de Sortu (nacer, en euskera), la marca electoral de la izquierda abertzale, presentaron sus alegaciones ante el Tribunal Supremo en el proceso de ilegalizacióna abierto en su contra. A partir de este miércoles iniciarán las deliberaciones, en las que se decidirá si este nueva formación, que rechazó en sus estatutos la violencia de ETA, es admitido por la legislación española, en concreto la Ley Orgánica de Partidos Políticos.