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Impone al Estado la obligación de proteger a quienes transitan por el país

Aprueban en comisiones de San Lázaro la nueva Ley de Migración
 
Periódico La Jornada
Jueves 28 de abril de 2011, p. 12

Las comisiones de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios y de Justicia aprobaron sin cambios ayer por la noche la minuta con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Migración, misma que reconoce la protección que debe dar el Estado mexicano a los migrantes que transitan por el territorio nacional.

Con la presencia del sacerdote Alejandro Solalinde, líderes de organizaciones sociales y migrantes centroamercianos, los diputados retiraron todas las observaciones que habían hecho a la minuta del Senado, aun cuando subrayaron que la reforma pudo ser mejor, y destacaron que de ser aprobada en el pleno, la reforma asegura que la situación migratoria de una persona no impide el ejercicio de todos sus derechos y libertades, especialmente a ser tratado sin discriminación alguna, el derecho a la información y al debido proceso. Aclara que solamente las autoridades competentes podrán realizar el arresto de los migrantes en situación irregular.

El texto que será presentado al pleno garantiza igualdad de trato a los extranjeros con respecto a las nacionales para el ejercicio de sus derechos, como el acceso a los servicios educativos y a la salud, procuración e impartición de justicia, unidad familiar. En el caso de menores, se indica la obligación de la autoridad de tomar en cuenta su edad y privilegiar su interés en todos los procedimientos.

Habrá especial atención a los requerimientos para la entrada y salida al país de niñas, niños y adolescentes, en ánimo de protegerlos de cualquier sustracción o robo.

Las más de 30 calidades y características migratorias que contemplaba la Ley General de Población son sustituidas por tres grandes grupos de condiciones de estancia: visitante, residente temporal y residente permanente.

Reconoce la labor humanitaria y de asistencia a los migrantes que realiza la sociedad civil organizada, por lo que se prohíbe expresamente que el Instituto Nacional de Migración (INM) realice visitas de verificación en estos lugares y se faculta a la Secretaría de Gobernación a celebrar convenios para coadyuvar con estas organizaciones y con las autoridades de los tres órdenes de gobierno para realizar acciones de coordinación en materia de prevención, persecución y atención a los migrantes víctimas de delito.

Se crea la obligación de la secretaría de brindar atención adecuada a los migrantes que se encuentran en situaciones de mayor vulnerabilidad, como son niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados, las mujeres, las víctimas de delitos, las personas con discapacidad y los adultos mayores.

Se fija un límite de 24 horas para emitir el acuerdo de aseguramiento de los extranjeros en situación migratoria irregular o, en su caso, para resolver sobre la regularización de su situación migratoria.