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Buscan diputados sanción penal para falsificadores de bebidas

La adulteración de estos productos se ha vuelto común en negocios establecidos, dicen

Según industriales del ramo, seis de cada 10 botellas contienen metanol y etileno

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Según diputados, la actual legislación sólo aplica clausuras y multas por vender bebidas adulteradas pero no castiga a quien realiza la alteración. imagen de archivo de un operativo en un bar de la colonia DoctoresFoto Víctor Camacho
 
Periódico La Jornada
Lunes 27 de junio de 2011, p. 37

La alteración de bebidas alcohólicas se ha vuelto una práctica recurrente no sólo en negocios clandestinos, sino en restaurantes y bares establecidos legalmente, aseguraron Lizbeth Rosas y Leonel Luna, diputados locales del PRD, quienes adelantaron que presentarán una reforma al Código Penal de esta ciudad para sancionar esas prácticas.

De acuerdo con los legisladores, la intención es tipificar como delito la adulteración de bebidas alcohólicas, de manera que quien las comercialice, pero también quien las venda o distribuya, se haga acreedor a una sanción privativa de la libertad y pecuniaria. La situación es tal, dijeron, que el año pasado se incautaron 80 mil litros de licores falsificados.

Según Rosas Moreno se han conocido muchos casos en que se agrega metanol a algunos vinos o licores, la cual es una sustancia extremadamente tóxica, que aunque sea en pequeñas dosis puede ser fatal.

Los efectos, añadió, se sienten entre los 30 minutos y las 72 horas después de ingerirla, dando como resultado afectaciones de la visión, y en casos extremos puede causar un estado de coma.

A su vez, Luna Estrada calificó de alarmantes las estadísticas que tiene la Procuraduría Federal del Consumidor, según las cuales más de 45 por ciento de las bebidas alcohólicas que se consumen en el país son adulteradas o falsificadas en establecimientos clandestinos o inmuebles particulares.

Citó, además, datos de la Cámara del Comercio de Vinos y Licores, que destacan que seis de cada 10 botellas de licor son adulteradas con metanol y etilenglicol. En el caso de esta última sustancia, si bien se utiliza como anticongelante en los circuitos de refrigeración de motores, también se mezcla con algunas bebidas aprovechando que es un líquido transparente, incoloro, ligeramente espeso y de leve sabor dulce.

El también vicepresidente de la Comisión de Protección Civil detalló que la legislación actual es insuficiente para combatir esos delitos, pues si bien la Ley General de Salud considera ilegal la adulteración de bebidas alcohólicas, con una sanción hasta de nueve años de prisión, debe argumentarse daño a la salud y probar los riesgos inminentes.

La Ley de Salud del Distrito Federal, añadió, señala que las autoridades sanitarias podrán realizar visitas de verificación a giros comerciales en caso de detectar venta de bebidas alcohólicas, mientras la Ley de Establecimientos Mercantiles sólo señala que los titulares de los negocios deberán romper todas las botellas vacías de vinos y licores para evitar su comercialización para la venta de bebidas adulteradas.

La legislación actual, completó Rosas Montero, no basta para combatir dicho delito, pues sólo regula la venta de bebidas alcohólicas adulteradas en un establecimiento mercantil, y aplica la sanción determinada en multas y clausura permanente. Sin embargo, a los que realizan la adulteración, venta o comercialización de las bebidas alcohólicas no se les sanciona, que es lo que se busca cambiar con la reforma.