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¿Fin del fuero militar?: aún no...
C

on gran revuelo se recibió la reciente resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el fuero de guerra. Se emitió en un momento crucial, cuando el Ejército y la Armada están en el ojo del huracán: involucrados en la “guerra contra el narco”, sujetos a miles de quejas por violaciones a los derechos humanos y esperando la controvertida reforma a la Ley de Seguridad Nacional, que pudiese poner fin a la incertidumbre que pesa sobre los militares. La resolución fue en cumplimiento de una sentencia (obligatoria para el Estado mexicano) de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), emitida el 23 de noviembre de 2009 en el caso de Rosendo Radilla, desaparecido en un retén militar en 1974.

Para quien esté interesado en los antecedentes del fuero militar, y sus implicaciones en este sexenio, recomiendo leer Fuero de guerra, que publiqué hace un año en La Jornada: http://bit.ly/o1pncG. Ahí me refiero a los artículos aplicables de la Constitución y del Código de Justicia Militar, así como a la relación simbiótica entre el Ejército y el Ejecutivo. También pregunté en ese entonces si en el México de hoy se justifica que las violaciones sexuales, la tortura, las desapariciones forzadas y la ejecución de civiles indefensos por parte de militares deban continuar protegidas por el fuero de guerra. En un artículo anterior (Las palabras de mi general) había comentado sobre la preocupante intervención del secretario de la Defensa en la vida política nacional: http://bit.ly/mSsWCu.

Casi de inmediato, las secretarías de Gobernación, Defensa y Marina emitieron un comunicado conjunto que le restó importancia a la resolución de la SCJN. Parafraseando a algunos ministros, la consideraron un mero criterio orientador, para casos en que los militares estén involucrados en presuntas violaciones a los derechos humanos (http://on-msn.com/oJ4Uly). Era obvio que el Presidente y los militares intentaban poner distancia entre la trascendental resolución de la SCJN y su inmediata aplicación para casos específicos. Tomaron la resolución como un ejercicio académico.

La frase presuntas violaciones en el comunicado conjunto anunció la defensa que podrían esgrimir en casos concretos: pruébame primero que se violaron derechos humanos y luego envíame a los tribunales del fuero común. Eso complicaría la aplicación de la nueva resolución. El comunicado criticó además la postura pro activista de la SCJN. Le recuerdan, como miembros del Poder Ejecutivo, el respeto que debe existir entre los tres poderes.

Sobre las presuntas violaciones, el ministro Zaldívar había opinado previamente que la sentencia de la CIDH obliga a todos los tribunales del país, siempre que esté involucrado un civil al que se le hayan violado, aunque sea en apariencia, sus derechos humanos.

Calderón salió de inmediato en defensa de los militares. Recordó la enorme deuda de la sociedad con las fuerzas armadas, y creó ipso facto un fondo de 75 millones de pesos para becar a hijos de soldados: http://bit.ly/q5SdwI. Además, el Ejército fue invitado a participar en el foro sobre seguridad nacional convocado por el Congreso: http://bit.ly/mZEfw3.

Durante la Colonia el fuero incluía privilegios para los miembros de las fuerzas armadas, sus familias, y en ocasiones sus sirvientes. Era como tener inmunidad. Y aunque los privilegios se restringieron en la Constitución de 1857, limitándolos a violaciones que tuvieran conexión exacta con la disciplina militar, el Ejército ha continuado esgrimiendo de facto esta defensa. Hoy el fuero proviene de una interpretación equivocada de la Constitución y del Código de Justicia Militar (en opinión de José Luis Soberanes, ex ombudsman nacional, el marco jurídico que piden los militares dentro de la Ley de Seguridad Nacional es para tener impunidad, a fin de no ser juzgados por delitos cometidos en tareas de seguridad nacional; quieren cambiar la ley para adecuarla a lo que están haciendo, como en Chile y Argentina, y así evitar los tribunales internacionales: http://bit.ly/nJYGyb.

Pero en la misma SCJN hubo mucho debate sobre el tema. Algunos ministros alegaron que el llamado de la CIDH al Estado mexicano iba dirigido al Poder Legislativo, para reformar el Código de Justicia Militar. No obstante, la ministra Sánchez Cordero sostuvo correctamente que el criterio era obligatorio (no orientador), y que cualquier delito que no implicara violaciones a la disciplina militar debería someterse al fuero común. Otros cuestionaron una resolución que no fue consecuencia de un proceso contencioso, sino de análisis a la sentencia de la CIDH.

Mientras no se aprueben las reformas al Código de Justicia Militar (única manera de eliminar el fuero), detenidas en el Senado por el PRI y el PAN (http://bit.ly/r65JDs), los tribunales militares continuarán ejerciendo su jurisdicción. Es obvio que el controvertido debate de los ministros de la SCJN alentó la postura del comunicado conjunto, de que se trataba de un criterio orientador. La reforma al fuero será tarea del nuevo gobierno.