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Notificó extemporáneamente una decisión que adoptó una instancia sin competencia

Emplaza el IFE al PRD a informar del método de selección de sus candidatos

Intenso debate por la aprobación del catálogo de emisoras que transmitirán elecciones 2012

 
Periódico La Jornada
Martes 15 de noviembre de 2011, p. 11

El Instituto Federal Electoral (IFE) fijó un plazo de 72 horas al Partido de la Revolución Democrática (PRD) para que le informe de los métodos de selección de su candidato presidencial, así como el de los aspirantes al Senado y diputados federales. Lo anterior porque en un caso fue omiso y en otro notificó de manera extemporánea una decisión al respecto, sin que ésta la hubiera adoptado la instancia estatutaria correspondiente.

Durante la sesión, el representante del PRD, Camerino Márquez, dijo que, a esa misma hora, el Consejo Nacional del PRD estaba reunido para aprobar la decisión que el IFE le ordenaba. En el dictamen, el IFE cuestionaba que el partido hubiera avalado estos métodos por una instancia (Congreso Nacional) a la que no le compete, pues era facultad exclusiva del Consejo Nacional. Por tanto, lo emplazó para que en 72 horas notifique al instituto de los métodos de selección para cumplir con el acuerdo del IFE.

Por otro lado, la aprobación de difundir el catálogo de estaciones de radio y televisión (aprobado por el comité del ramo) que transmitirán las elecciones federal y concurrentes de 2012 desató una intenso debate entre los consejeros electorales. Benito Nacif y Francisco Guerrero argumentaron en contra del catálogo aprobado por el Comité de Radio y Televisión, que ratificaba la obligación de los concesionarios de radio y televisión de bloquear señales nacionales para cumplir con las pautas locales, por carecer de estudio de factibilidad.

Ambos consejeros reivindicaron la propuesta de la secretaría ejecutiva (rechazada por el comité) que excluia de esta obligación principalmente a las afiliadas de Televisión Azteca y Televisa (149 emisoras), y defendieron los intereses del duopolio bajo la premisa de que el Comité de Radio y Televisión había votado el catálogo sin fundamentación y motivación, por lo que no debería aprobarse su publicación. Nacif dijo que se debería tener un estudio de factibilidad donde se determinara a las emisoras que pueden bloquear.

Coincidentes, defendieron los intereses de las televisoras, argumentando incluso contra los criterios del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en torno a los bloqueos que obligan a todas las emisoras a cumplir con las pautas locales, con la premisa de que no había un estudio de factibilidad. Según Nacif, el comité se extralimitó en sus facultades, pues el Consejo General debería ser la instancia para aprobar normas generales, como es el caso, según dijo.

Sus argumentaciones fueron descalificadas por los consejeros Marco Antonio Baños y Alfredo Figueroa, quienes consideraron un acto de incongruencia pretender descalificar la decisión del Comité de Radio y Televisión, facultado por ley para aprobar el catálogo, y subrayaron que el Consejo General solamente debería aprobar su difusión. Baños arremetió contra la pretensión del presidente del Comité de Radio y Televisión de descalificar los actos de esa instancia que preside, sólo por haber perdido la votación.

Figueroa deploró la pretensión de quienes argumentaron contra el catálogo aprobado, por considerar que se pretendía eximir a las emisoras (casi todas ellas del duopolio televisivo) de su obligación de trasmitir espots como establece la ley y ratificó el TEPJF. No es buscando mecanismos de excepción a ciertas televisoras como se construye la autoridad electoral, aseveró Figueroa.

Por su parte, el panista Guillermo Bustamante reivindicó los criterios del TEPJF y sostuvo que aprobar la pretensión de Nacif representaba cancelar los derechos de los partidos en las entidades. Por cuatro votos a dos se aprobó la publicación del catálogo.