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Señala la PAOT que hay una apropiación ilegal de más de 3 mil metros cuadrados

Inmobiliaria usó licencias de hace 30 años para construir desarrollo en Tlalpan
Foto
Aspecto del desarrollo inmobiliario Miravento, el cual está suspendido por las anomalías detectadas en su edificaciónFoto Carlos Cisneros
 
Periódico La Jornada
Sábado 26 de noviembre de 2011, p. 32

Para la acreditación de los derechos adquiridos del predio Circuitos Fuentes del Pedregal 441, en la colonia Fuentes del Pedregal, delegación Tlalpan, donde la firma Arquitectum desarrollaba el proyecto Miravento Luxury Towers, se utilizó una licencia para obra nueva y una manifestación de construcción expedidas en 1980 y 1983, respectivamente, las cuales se presume son falsas.

En una investigación hecha por la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT) se señala que en fotografías tomadas vía satélite en 1986 no se aprecia que en el lugar existan 288 departamentos en 12 niveles como se afirma en la licencia número 1/580/80/14 y la manifestación 039164, salvo dos construcciones, que por sus dimensiones y textura pueden estar hechas de materiales provisionales.

Lo que sí se observa en esas imágenes es que la calle Fuente de la Alegría tiene dos conexiones con el Circuito Fuentes del Pedregal, una de las cuales fue bloqueada con una barda, por lo que actualmente sólo funciona como vialidad tipo callejón.

Con lo anterior, señala la PAOT, se constata que para la edificación del proyecto Miravento hubo una apropiación ilegal de aproximadamente 3 mil 119 metros cuadrados de la calle Fuente de la Alegría, bienes que son inalienables, imprescriptibles, inembargables y no están sujetos a ningún gravamen o afectación de dominio, motivo por el cual la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario presentó una denuncia ante la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.

En sus conclusiones, la PAOT señala que la manifestación de construcción que se expidió el 8 de junio de 2010 para el proyecto Miravento debe ser revocada, pues en el predio en cuestión nunca han existido los edificios departamentales que se especifican en la licencia de obra nueva y manifestación de construcción expedidas entre 1980 y 1983.

Asimismo, la cuenta predial que se encuentra en el SIG (Sistema de Información Geográfica) de la Seduvi (Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda) no coincide con el croquis contenido en la constancia de alineamiento y número oficial, ya que arroja una superficie del predio de 313 metros cuadrados y no los 14 mil 904 en los que se pretende edificar el complejo habitacional.