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Un Estado constitucional se consolida dando garantías plenas, indica

El cambio protegería los derechos de agnósticos y ateos, dice Diego Valadés
 
Periódico La Jornada
Miércoles 21 de diciembre de 2011, p. 11

Las modificaciones hechas por la Cámara de Diputados al artículo 24 constitucional van más allá de permitir que se lleven a cabo actos religiosos en sitios públicos, abonan a la libertad de condiciones éticas, con lo que constitucionalmente se protegería a los ateos y agnósticos, aseveró el constitucionalista Diego Valadés.

El especialista del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) subrayó que sin estas reformas en México sólo se puede optar entre diferentes religiones, pero los no creyentes están desprotegidos en sus derechos, lo que violenta un principio básico del Estado secular.

Enfatizó que un Estado constitucional y laico “no se consolida con las prohibiciones –incluidas las de no celebrar ceremonias religiosas en sitios públicos–, sino con dar garantías plenas para quienes tengan o no religión”.

Sostuvo que también es fundamental que los legisladores modifiquen el artículo 40 de la Constitución para incluir la palabra laico como una característica del Estado mexicano.

He visto con mucho cuidado las opiniones (sobre las reformas al artículo 24); se trata de un avance importante, porque se incluyó un aspecto por el cual veníamos abogando muchos constitucionalistas: la libertad de condiciones éticas. Esto no estaba contemplado; este artículo sólo se refería a la libertad de religión, de suerte que sólo se podía optar entre diferentes religiones, pero con las modificaciones (que aún tienen que ser aprobadas en el Senado) se podría optar entre tener o no religión ni credo religioso o teísta, y por primera vez quedarían protegidos los derechos de agnósticos y ateos.

Ante las voces que han criticado la realización de actos religiosos en plazas públicas, Valadés manifestó que en un Estado constitucional las libertades deben ser completas, no se debe proscribir el no creer ni se debe sancionar el hecho de tener creencias religiosas y exteriorizarlas; en un sistema democrático se debe luchar por un régimen de libertades. El Estado secular no se consolida con prohibiciones relacionadas con el ejercicio de cultos religiosos, sino con las garantías plenas para quienes tengan o no religión, sin persecución, castigo ni sanción para nadie.

El académico universitario agregó que otro elemento que debe estar presente en la discusión es la revisión de una iniciativa pendiente relacionada con el artículo 40 de la Constitución, que plantea añadir la palabra laico a dicho precepto constitucional, pues actualmente éste define al Estado mexicano sólo como republicano, democrático y representativo.