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El primero fue acusado de nepotismo y el otro de hostigamiento sexual a sus subordinadas

La SCJN podría exculpar a un juez y a un magistrado que fueron destituidos
 
Periódico La Jornada
Martes 10 de enero de 2012, p. 8

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) debe invalidar dos resoluciones trascendentales del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), que consisten en la destitución de un juez de distrito acusado de nepotismo y falta de profesionalismo, así como la no ratificación de un magistrado de circuito que fue cesado temporalmente en 2006 por hostigamiento sexual.

Consideran lo anterior los proyectos de dictamen de las revisiones administrativas que presentaron ante la Corte el ex juez Luis Alberto Ibarra Navarrete –destituido de su cargo el 6 de julio de 2011 por nepotismo y falta de profesionalismo– y el ex magistrado de circuito Miguel Ángel Ramos Pérez, no ratificado y separado del cargo el 24 de mayo del mismo año.

Los proyectos que discutirá el pleno en breve invalidan la decisión del CJF, ordenan reintegrar a ambos juzgadores a sus puestos e incluso pagar los salarios no devengados a Ramos Pérez desde su cese.

En el caso de Ibarra Navarrete, el consejo concluyó que incurrió en una serie de actos que afectan directamente el ejercicio de la función jurisdiccional que le fue asignada, y que se consideraron graves, ya que propició la distracción de recursos materiales y humanos al encargar a personal bajo su responsabilidad la elaboración de medios de defensa para impugnar el cambio de adscripción de su hermana, quien era magistrada de la primera sala del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

Quedó demostrada una notoria falta de interés y profesionalismo, toda vez que delegaba sus funciones de juzgador en los secretarios y actuarios a su cargo por retirarse temprano del juzgado y no regresar a laborar, hecho que provocaba que la toma de decisiones en los asuntos de su exclusiva competencia fuera delegada, además de que se dirigía a su subalternos de forma inapropiada, con malos tratos y amenazas.

El ministro José Ramón Cossío plantea que la resolución del CJF fue ilegal porque se basó en una visita extraordinaria para revisar la actuación del entonces juez, en la que no se precisó que tenía como fin detectar la posible comisión de faltas o irregularidades, sino que era únicamente para revisar el correcto funcionamiento del juzgado.

Por ello propone reintegrar al recurrente en el cargo de juez de distrito y restablecerlo en el ejercicio de sus funciones.

El otro caso, el de Ramos Pérez, quien en 2006 fue suspendido sin goce de sueldo por haber acosado sexualmente a mujeres que laboraban en su tribunal, los consejeros no lo ratificaron como magistrado –por ley la ratificación se da seis años después de la designación– porque quienes incurren en este tipo de conductas no sólo afectan a quienes son objeto de las mismas, sino también a la sociedad, al aprovecharse de su jerarquía para humillar, denigrar y someter a sus subalternos. Los juzgadores deben conducirse con decoro, probidad, honradez, sencillez y profesionalismo, tanto en el ámbito público como en el privado, indicó el consejo.

Sin embargo, la ministra Olga Sánchez Cordero afirma que la no ratificación por el precedente del hostigamiento sexual no era suficiente para que el Consejo de la Judicatura Federal determinara que el juzgador no cumple con los principios de excelencia y profesionalismo, pues omitió exponer los razonamientos de inobservancia de dichos principios.

Por ello propone que Ramos Pérez sea restituido en su cargo, que se le paguen las percepciones no recibidas durante todo el periodo en que fue separado del mismo y que, en su caso, el CJF funde y motive con suficiencia si procede o no su ratificación.