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Publican ley del TCA diferente a la que aprobaron legisladores

Alteran modificaciones que sancionaban a servidores públicos por agravios a ciudadanos

Se desconoce si las alteraciones fueron en la Asamblea o en la Consejería Jurídica

 
Periódico La Jornada
Viernes 13 de enero de 2012, p. 42

La nueva Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal (TCADF), que se publicó en la Gaceta Oficial en septiembre de 2009, fue alterada en más de 30 por ciento de sus artículos respecto de la que aprobaron los diputados locales en el pleno de la Asamblea Legislativa. Entre lo que se suprimió está la posibilidad de iniciar una queja ante la Contraloría Interna en contra de los funcionarios que incumplan una sentencia emitida por el TCADF. Incluso se redujo ilegalmente el monto de las multas que se pueden aplicar a esos mismos servidores públicos.

Una comparación realizada entre la ley aprobada por los diputados de la cuarta Legislatura, contenida en el Diario de los Debates del 20 de agosto de 2009, y la publicada por la Consejería Jurídica y de Servicios Generales del Distrito Federal el 10 de septiembre de ese mismo año, demuestra que en este último documento se alteró el capitulado, así como varios artículos, sus fracciones y fechas para casos de notificaciones; se agregaron artículos o párrafos, se modificaron redacciones y se eliminaron algunas sanciones y montos económicos.

Al confrontar los dos textos se logró identificar que al menos 41 artículos –de 145 en total– fueron cambiados en distintas proporciones.

Por ejemplo, el artículo 135 de la ley que fue aprobada por el pleno de la ALDF detalla que a los funcionarios de esta capital que incumplan una sentencia del TCADF se les impondrá una multa de 100 a 200 días de salario mínimo vigente en esta ciudad, mientras el texto publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal dice que será de 50 a 80 salarios mínimos.

Más aún, el documento que avalaron los legisladores indica que de haber reincidencia en esa conducta se impondrá al superior jerárquico una multa de apremio, y de persistir el incumplimiento se interpondrá un recurso ante la Contraloría Interna de la dependencia a la que esté asignado el servidor público.

Sin embargo, los cinco párrafos que contienen esas sanciones no fueron incluidos en el texto que publicó la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno del Distrito Federal.

Las modificaciones a este ordenamiento –que se desconoce si se hicieron en la misma ALDF o en la Consejería Jurídica– también se observan en el caso del capítulo 10, De la audiencia, que en el dictamen avalado por los legisladores comprende cuatro artículos, y en el presentado en la Gaceta Oficial son sólo dos.

De hecho, en el artículo 124 del documento emitido por los diputados se incluyen cinco fracciones relacionadas con la recepción y desahogo de las pruebas que presentan los quejosos y las mismas autoridades impugnadas; sin embargo, todo esto fue eliminado en el texto publicado.

Otros cambios que se hicieron al dictamen legislativo fueron incluir en el artículo 70, relativo a los días inhábiles del TCADF, el tercer lunes de junio, establecido como Día del Empleado del Tribunal, lo que no aparece en lo aprobado por el pleno de la Asamblea.