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Cambios a leyes de servidores públicos y del organismo de derechos

Faculta el Senado al titular de la CNDH a denunciar penalmente a funcionarios
 
Periódico La Jornada
Jueves 2 de febrero de 2012, p. 15

El Senado aprobó ayer reformas a la Ley Orgánica de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, con el objetivo de facultar al ombudsman nacional a presentar denuncias penales o administrativas contra los funcionarios que no acepten las recomendaciones de ese órgano, o una vez aceptadas, no las acaten.

Asimismo, se elimina el término garantía al artículo 4 de la Ley Orgánica de la CNDH y se consigna el de derechos humanos, que es en realidad lo que se busca proteger. Con los cambios aprobados ayer se quita la restricción al titular de la CNDH, Raúl Plascencia Villanueva, para crear una nueva visitaduría general que se haga cargo de los asuntos laborales. Por ley sólo puede contar con cinco, y ya los tiene cubiertos; para subsanar esta deficiencia se eliminó el número de estos visitadores con que puede contar, con lo que “se deja a consideración del ombudsman la determinación del total de funcionarios que requiera”.

Asimismo, se precisa que es facultad del titular de la CNDH investigar hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos, cuando así lo juzgue pertinente o lo pidieran el Ejecutivo federal, alguna de las cámaras del Congreso de la Unión, algún gobernador, el jefe de Gobierno del Distrito Federal o los congresos de los estados.

La reforma aprobada detalla que cuando un servidor público no acepte una recomendación deberá fundar, motivar y hacer pública su negativa y atender los llamados del Senado, o en sus recesos, los de la Comisión Permanente, a comparecer ante dichos órganos legislativos.

Subraya que la CNDH, previa consulta con los órganos legislativos referidos, determinará sí son suficientes la fundamentación o motivación presentada por la autoridad o servidor público que se hubiese negado a aceptar o cumplir la recomendación, y hará saber por escrito dicha circunstancia a la propia autoridad, funcionarios y, en su caso, a sus superiores jerárquicos. Si se les notifica que es insuficiente la motivación, tendrán 15 días para decidir si persisten en no aceptarla o asumirla; si persisten en la negativa, se denunciará penal o administrativamente.

El senador priísta Renán Cleominio Zoreda Novelo destacó en tribuna que se amplía sustancialmente la función protectora de la CNDH al quitarle la veda para conocer de asuntos relevantes y al eliminar de la ley el límite al número de visitadores generales que puede tener.

Se destaca en el dictamen que de acuerdo con información de la CNDH, de las 78 recomendaciones emitidas en 2009 a más de 100 autoridades e instancias federales y locales, sólo siete se cumplieron de forma total, esto es, menos de 10 por ciento, en tanto que de las 86 emitidas en 2010, sólo dos autoridades cumplieron de forma total; 20 fueron rechazadas en 2009 y 17 en 2010.