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Manipulación en la lucha anticrimen
Maniobra la PGR para evitar balconeo a testigos protegidos

Sólo la Corte o el Congreso pueden revertir fallo que obliga a revelar identidad

Miembros del narco, entre los 250 que se han acogido al plan federal

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Para el ministro José Ramón Cossío, ni la Constitución ni la legislación aplicable contra la delincuencia organizada regulan debidamente la figura del testigo protegido. Imagen en el juzgado 59 penal, con sede en el Reclusorio Oriente, durante el desahogo de un casoFoto Alfredo Domínguez
 
Periódico La Jornada
Miércoles 4 de abril de 2012, p. 2

La Procuraduría General de la República (PGR) fracasó en su afán de proteger de manera permanente la identidad de sus testigos protegidos. Un tribunal colegiado sentó jurisprudencia (todo caso similar recibirá la misma sentencia) y ahora el Ministerio Público Federal (MPF) debe revelar el nombre de los acusadores en cuanto presente el caso ante un juez.

Esta decisión jurídica sólo puede ser modificada por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) o si el Congreso de la Unión aprueba la llamada ley federal para la protección a personas que intervienen en el procedimiento penal, que daría mayor facilidad para preservar la identidad de los testigos protegidos, quienes en decenas de casos son usados como si hubieran ocupado posiciones principales en las organizaciones criminales donde actuaban.

Para revertir los efectos de dicha jurisprudencia, la PGR busca que el Senado apruebe reformas constitucionales y de tipo penal para que además se les pueda brindar apoyo económico, cambio de identidad y envío a otras naciones.

Sin embargo, el pasado 28 de noviembre, el primer tribunal colegiado en materia penal, con sede en Guadalajara, aprobó jurisprudencia en la que señala que la identidad de estos personajes, que son usados en varios casos de delincuencia organizada, debe conocerse una vez que la PGR ejercita acción penal ante un juez contra los inculpados.

La jurisprudencia acaba de ser publicada en el Semanario Judicial de la Federación y es obligatoria para todos los jueces de distrito del país. Señala que mantener estos datos ocultos atenta contra las garantías de adecuada defensa, sin que exista justificación legal para que no se revelen las identidades.

Los amparos de los que derivó dicha jurisprudencia fueron concedidos a lo largo de 2011 a José Ramón Dávila López, El Cholo, presunto sicario y fundador de Los Zetas, quien fue detenido en 2007; a Antonio Careaga Ramírez, ex director de Seguridad Pública de San Mateo Atenco, acusado de trabajar para La Familia y estar vinculado con la masacre de 24 personas en La Marquesa, en 2008; a José Jaime Camacho, supuesto integrante del cártel de los Beltrán Leyva; Pablo Gómez Solano, El Paguas, quien controlaba las operaciones de Los Zetas en Hidalgo, y Ramiro Hernández García, del cártel del Golfo, detenido en 2004 en Naucalpan con 2 millones de dólares y 160 kilos de cocaína.

En todos los casos, el tribunal ordenó reiniciar el juicio desde el momento previo al dictado del auto de formal prisión, pero revelando a los acusados quiénes fueron los testigos protegidos que declararon en su contra.

El Cholo, por ejemplo, fue señalado por cinco testigos protegidos de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada, en la acusación por homicidio calificado, narcotráfico, delincuencia organizada agravada, portación de arma prohibida y posesión del producto de robos.

El juez quinto de distrito, con sede en Jalisco, le dictó formal prisión sin darle a conocer los nombres de los testigos; dicho auto fue confirmado por un tribunal unitario de circuito, lo que llevó al amparo ante el tribunal colegiado que integran los magistrados José Félix Dávalos, Rosalía Moreno y Lucio Lira. No existía impedimento legal alguno para que se hicieran de su conocimiento tales datos, máxime que era menester que, al rendir su declaración preparatoria, tuviera pleno conocimiento de éstos a fin de poder considerar válidamente que estaba enterado de la naturaleza y causa de la acusación; es decir, que conocía bien el hecho punible que se le atribuye y se encontraba en posibilidad de contestar el cargo y rendir las pruebas pertinentes a su defensa, afirmó el tribunal colegiado.

La Ley Federal contra la Delincuencia Organizada señala que el MPF podrá reservar la identidad de los testigos, pero sólo hasta el ejercicio de la acción penal. Lo que la PGR busca con la nueva legislación es que ninguna autoridad pueda identificarlos, a pesar de que en varios casos, entre ellos el llamado michoacanazo, que involucró a más de 40 servidores públicos de esa entidad, o la acusación por delincuencia organizada contra el perredista Gregorio Sánchez, que concluyeron en libertad, sin responsabilidad para los presuntos delincuentes debido a que testigos como Sajed, quien se encuentra en calidad de desaparecido, fue uno de los personajes que realizaron imputaciones sin sustento en ambos casos.

Respecto de los testigos protegidos, la PGR ha dado esa calidad jurídica a integrantes del crimen organizado como José Jorge Balderas Garza, El JJ (autor del atentado contra el futbolista Salvador Cabañas), integrante del cártel de los hermanos Beltrán Leyva. Asimismo, Sergio Villarreal, El Grande (Mateo), quien fue detenido el 12 de septiembre de 2010, ha servido en los procesos penales instaurados contra el ex secretario de Seguridad Pública de Morelos Luis Ángel Cabeza de Vaca y contra Roberto Sánchez, El Yanqui, ex jefe regional de la AFI en el Distrito Federal.

En este programa, que de 1997 a 2010 tuvo un costo superior a 128 millones de pesos se ha acogido a más de 250 personas, algunas de las cuales han mantenido ese estatus a lo largo del tiempo sin que se conozca de manera pública todos los beneficios que han obtenido, y que se relacionan con el pago de colegiaturas para sus hijos, pago de rentas de inmuebles para alojar a sus familias, pago de viajes y hospedaje.

Asimismo, el programa de testigos protegidos de la PGR ha presentado fallas desde su puesta en marcha, ya que algunos de ellos han sido asesinados o se suicidaron en instalaciones de seguridad de la propia PGR.

En esos casos se encuentran Édgar Bayardo del Villar (Tigre), ex inspector de la Policía Federal Preventiva, quien fue detenido por estar presuntamente vinculado con el narcotraficante Ismael El Mayo Zambada y sirvió para acusar al jefe de esa corporación, Gerardo Garay Cadena, de mantener vínculos con Arturo Beltrán Leyva, El Barbas.

Bayardo del Villar fue asesinado en diciembre de 2009 en una cafetería de la colonia Del Valle, a pesar de que estaba supuestamente bajo custodia de la PGR. En noviembre de ese año se suicidó en instalaciones de la PGR Jesús Zambada Reyes (Rambo III), hijo de Jesús El Rey Zambada Niebla. El joven fue detenido en octubre de 2008 y fue utilizado como testigo de cargo en averiguaciones previas iniciadas contra funcionarios de la Secretaría de Seguridad Pública federal y de la PGR en la llamada Operación Limpieza.

Otro testigo, identificado como Noé, y quien había delatado la relación del cártel de La Familia con José Manzur Ocaña, ex delegado de la PGR en el estado de México, fue ejecutado en agosto de 2008 en La Marquesa, junto con los dos agentes que lo escoltaban.

Antes que todos ellos, en 1997 fueron asesinados Tomás Colsá McGregor, considerado el joyero de los narcos y testigo protegido en casos contra miembros del cártel de Juárez; en agosto de 1998, el chofer de Amado Carrillo Fuentes, Jaime Olvera Olvera, fue ejecutado; y en 2000 fue asesinado en la ciudad de México –cuando viajaba en un microbús– Humberto Cappelletti González, uno de los principales testigos en el proceso penal contra el general Jesús Gutiérrez Rebollo.