Economía
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Tribunal no le concede amparo contra SCT; incumplió con acuerdo de convergencia, alega

Niegan a Telmex la oportunidad de entrar a la televisión de paga

La telefónica ya no tiene recurso legal al cual acogerse; puede reiniciar el procedimiento, que le llevaría dos años

La Suprema Corte ya no abordará el caso, como solicitó el gobierno

 
Periódico La Jornada
Viernes 6 de julio de 2012, p. 31

El segundo tribunal colegiado de circuito auxiliar negó a Teléfonos de México (Telmex) un amparo en contra de la oposición de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) a concederle modificaciones a su título de concesión para que pudiera entrar al negocio de la televisión de paga, por considerar que la empresa ha incurrido en diversas violaciones a ese mandato, y que tampoco ha cumplido con las condiciones definidas en el acuerdo de convergencia de 2006.

Con esta decisión Telmex ya no tiene otro recurso legal al cual acogerse, pero puede iniciar otra vez todo el procedimiento para solicitar las modificaciones de su título, lo que incluye garantizar la interconexión de operadores, interoperabilidad de redes, portabilidad numérica, aceptar el convenio marco de interconexión (CMI), pedir la opinión de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) y sujetarse a la evaluación de la SCT.

Todo ese procedimiento le llevará a la empresa al menos dos años, tiempo en el que ya habrá entrado en vigor el convenio marco de interconexión, se habrá licitado la llamada tercera cadena de televisión, y en el que la transición a la televisión digital terrestre estará casi en su fase final.

El amparo le fue negado sólo un día después de que el gobierno federal hizo un frente común para solicitar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que atrajera el caso en el que Telmex exigía que se le ampliara su título de concesión, basado en el argumento de que la Cofetel no contestó en tiempo y forma la solicitud de opinión sobre las condiciones del acuerdo de convergencia, por lo que tenía derecho por afirmativa ficta.

La Corte accedió a revisar el caso y decidir su atracción, pero con la decisión del segundo tribunal colegiado la petición del gobierno federal en conjunto quedaría sin materia de alegatos, por lo que ya no sería necesario que la Corte lo abordara, y de recibirlo lo regresaría, señaló el abogado Luis Canchola, miembro del Instituto de Derecho en Telecomunicaciones (IDET).

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Carlos Slim Helú, propietario de Teléfonos de MéxicoFoto Marco Peláez

Asunto de Estado

El miércoles pasado se conoció que el gobierno federal hizo un frente común para solicitar a la SCJN que decidiera si procedería el cambio de título de concesión para Telmex amparado en la afirmativa ficta, o si no debería darse esa autorización y que la empresa continuara impedida de entrar al mercado de televisión de paga.

Ese día la Corte decidió analizar si el asunto es de especial trascendencia y amerita atraerlo, como alegaron la SCT, la Procuraduría General de la República, Hacienda, Cofetel, la Comisión Federal de Competencia y la Secretaría de Economía, que en su petición señalaron que se trata de un caso de interés de Estado.

Este frente común podría ya no ser necesario debido a la resolución de ayer del segundo tribunal colegiado, que consiste en negar a Telmex el amparo en contra de la decisión de la SCT de rechazar el cambio de título de concesión por afirmativa ficta. Canchola explicó que la SCT alegó que el juzgado no podía obligarla a dar el cambio por la afirmativa ficta producto del silencio de la Cofetel.

Explicó que la afirmativa no es vinculante con las decisiones de la SCT y que sólo el secretario en turno tiene facultades para tomar la decisión.

De tal forma, detalló Canchola, Telmex ya no puede usar el recurso de la afirmativa ficta y sólo le queda cumplir con todas las condiciones del acuerdo de convergencia, incluido el CMI, que está en consulta pública en la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer).

Por separado, el presidente del IDET, Gerardo Soria, dijo que el cambio de título de concesión de Telmex será la decisión más relevante de los últimos 15 años para el sector telecomunicaciones, por lo que no puede resolverse por la puerta de atrás, sino como resultado de un proceso regulatorio, dados los efectos de fondo que tendrá sobre la configuración de los mercados de telecomunicaciones en el país, y en especial en el de televisión restringida.