Sociedad y Justicia
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La obligación de la consulta previa e informada no fue realizada por el Congreso: De Souza

Retiran licencia y suspenden construcción de hidroeléctrica de Belo Monte, en Pará

La CIDH pidió al gobierno de Brasil en 2011 proteger los derechos a la vida y la salud de las comunidades indígenas de la cuenca; sin embargo, éste aprobó construir la represa

 
Periódico La Jornada
Viernes 17 de agosto de 2012, p. 40

La Corte Federal de la Primera Región (TRF-1), con sede en Brasilia, retiró la licencia de obra y ordenó suspender la construcción del megaproyecto de la hidroeléctrica de Belo Monte, en el brasileño estado de Pará, que sería la tercera más grande del mundo, por no cumplir con la consulta previa a los pueblos indígenas que habitan la región.

El juez ponente, Antônio de Souza Prudente, criticó duramente la acción del Ejecutivo brasileño, señalando que la consulta debe ser previa, no posterior. No podemos aceptar esta situación que vemos en Brasil. Se hace la obra y se pregunta después, informó el sitio web plataformaenergetica.org

Dicha sentencia fija una multa de unos 240 mil dólares por cada día de incumplimiento. El consorcio de Energía del Norte, constructor de la hidroeléctrica, puede apelar del fallo ante el Tribunal Supremo Federal.

De Souza sostuvo que la consulta no es una mera formalidad: la opinión de los indígenas debe ser tenida en cuenta en la decisión de los parlamentarios. El Congreso sólo puede autorizar la obra si los indígenas quieren.

Según el ponente, la obligación de la consulta previa e informada –como determina la Constitución Federal y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)– no fue realizada por el Congreso Nacional. Las comunidades indígenas necesitan ser escuchadas y respetadas, indicó el juez Souza Prudente en conferencia de prensa en instalaciones del TRF-1.

Sobre el argumento del gobierno federal de que las audiencias sí se hicieron, Souza Prudente afirmó que la consulta es una prerrogativa del Congreso, que se debería haber hecho antes de la votación del decreto legislativo 788 que autorizó al Poder Ejecutivo la construcción de Belo Monte.

Insistió en que el Congreso no puede delegar la consulta a terceros. Por tanto, las consultas realizadas por el Instituto Brasileño del Medio Ambiente y Recursos Naturales Renovables (Ibama), la Fundación Nacional del Indio (Funai) y demás organismos no son válidas. Para él, las consultas, incluso, se limitaron a la mera notificación de la realización del proyecto.

Hay muchas otras acciones civiles públicas (en contra de la construcción de Belo Monte) y esto muestra la cantidad de errores en la ejecución de esta obra. Rechazamos que los pueblos indígenas no sean escuchados, apuntó, subrayando que el medio ambiente no puede verse afectado por intereses empresariales. Además, en cualquier cambio en el entorno cultural de los pueblos indígenas, éstos deben ser tomado en cuenta.

Por su parte, la AIDA (Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente: aida-americas.org) indica que el río Xingú recorre 2 mil 736 kilómetros a lo largo de la Amazonia, corazón de Brasil y hogar de miles de indígenas, comunidades ribereñas y de una rica biodiversidad de flora y fauna. La represa de Belo Monte inundaría más de 600 kilómetros cuadrados de bosque y tierras agrícolas y desplazaría al menos a 20 mil personas.

AIDA, junto con organizaciones brasileñas, solicitó la intervención de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso. El primero de abril de 2011, la CIDH solicitó medidas cautelares al gobierno de Brasil y pidió suspender todo proceso de licenciamiento y construcción de la represa Belo Monte para proteger los derechos a la vida y la salud de las comunidades indígenas de la cuenca. Sin embargo, el primero de junio de 2011, el gobierno brasileño aprobó la construcción de todas las fases de la represa.