Política
Ver día anteriorMartes 11 de septiembre de 2012Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio
Normatividad del Cofipe para conformar un partido político
 
Periódico La Jornada
Martes 11 de septiembre de 2012, p. 9

El Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) señala que el proceso de conformación de un partido político solamente podrá iniciarse en enero del año siguiente a la elección presidencial y tendrá que completar los trámites de conformación a más tardar en enero del año anterior a la elección intermedia; esto es, para el caso del Movimiento Regenaración Nacional (Morena), en enero de 2014. En ambas situaciones deberá ser notificado al Instituto Federal Electoral (IFE).

Para tal efecto, quienes pretendan conformarse en partido político deberán celebrar una asamblea por lo menos en 20 entidades federativas o en 200 distritos electorales, ante la presencia de un funcionario del IFE, quien certificará “el número de afiliados que concurrieron y participaron en la asamblea estatal o distrital, que en ningún caso podrá ser menor a 3 mil o 300, respectivamente; también dará fe que asistieron libremente y conocieron y aprobaron la declaración de principios, el programa de acción y los estatutos, y que suscribieron el documento de manifestación formal de afiliación.

Bajo ninguna circunstancia, el número total de sus afiliados en el país podrá ser inferior a 0.26 por ciento del padrón electoral federal que haya sido utilizado en la elección federal ordinaria inmediata anterior a la presentación de que se trate. Para el caso de Morena, deberá ser de poco más de 200 mil habitantes.

Todos los documentos básicos serán entregados posteriormente a la autoridad electoral como parte de su proceso de conformación como partido político. Desde el momento en que notifiquen su intención deberán rendir cuentas al IFE de los gastos de conformación y proceso de creación del partido, acorde con las disposiciones del Cofipe.

Los principios, declaración de principios y estatutos deben asumir expresamente la observancia de la Constitución y de la legislación, así como asumir que no aceptará pacto o acuerdo que lo sujete o subordine a una organización internacional o lo haga depender de partidos o entidades extranjeras. También se compromete a rechazar el apoyo económico, político o propagandístico que provenga del extranjero.