Economía
Ver día anteriorMartes 23 de octubre de 2012Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio

Falta definir si el Poder Judicial puede intervenir en los modelos de costos, dice De Swaan

Avala la SCJN facultades de la Cofetel para definir tarifas de interconexión
 
Periódico La Jornada
Martes 23 de octubre de 2012, p. 21

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó por unanimidad que la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) tiene facultades para intervenir y fijar la tarifa de interconexión correspondiente, cuando los operadores no se ponen de acuerdo. La Cofetel actúa como órgano rector del Estado y puede determinar las condiciones del uso del espectro radioeléctrico y las concesiones respectivas, determinó el pleno.

El presidente de la Cofetel, Mony de Swaan, señaló que en los últimos años la SCJN ha sido piedra angular para el fortalecimiento de ese regulador. Destacó que cuando la Corte acabe de discutir el tema será necesario que emita su dictamen de forma integral, lo más clara posible y con objetivos bien definidos para evitar que dentro de dos años se tenga que volver a discutir lo mismo.

El comisionado consideró que como resultado de la discusión de la Corte sobre interconexión, también se tendrá que definir hasta qué punto puede intervenir el Poder Judicial en los modelos de costos que diseña la Cofetel para determinar las tarifas de interconexión.

Al iniciar ayer a discusión de cuatro amparos presentados por las principales empresas telefónicas en contra de diversas disposiciones emitidas por la Cofetel y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), los 10 ministros presentes (Arturo Zaldívar se declaró impedido para participar en la discusión porque en su momento fue abogado de Telcel) desestimaron los comentarios de Sergio Aguirre Anguiano, quien dijo que le alarmaba muchísimo que sus compañeros afirmaran de manera tan tajante que el Estado mexicano puede hacer lo que le plazca en materia de telecomunicaciones.

En la discusión del amparo que interpusieron Axtel y Telcel en contra de diversos artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y de la tarifa de interconexión establecida por el regulador para resolver diferencias entre ambas empresas, el pleno validó la constitucionalidad de la actuación de la Cofetel como órgano desconcentrado y que de esa manera regule y supervise el eficaz desarrollo de las telecomunicaciones para garantizar que este servicio se ofrezca bajo un régimen de sana competencia y se ofrezca a los usuarios mejores condiciones de precio, calidad y diversidad.

Los operadores de telefonía fija y móvil interpusieron recursos en contra de la facultad de la Cofetel para determinar las tarifas de interconexión que deben pagarse entre sí cuando no se ponen de acuerdo y esté en riesgo la prestación del servicio. Las tarifas de interconexión son las que se pagan entre operadores de telefonía fija o móvil para permitir el uso de su red y que se puedan completar las llamadas de compañías diferentes.

La inconformidad de los operadores también radica en que la Cofetel ha revisado las tarifas a la baja y en menos de tres años pasaron de 95 centavos por minuto a niveles de 39 centavos.