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La iniciativa proyecta sentenciar de cuatro a 10 años de cárcel a quien incurra en este delito

Propone Marcelo Ebrard endurecer penas a quien robe en casas habitación

La medida es para combatir este ilícito, que mantiene su incidencia, dice el jefe de Gobierno

 
Periódico La Jornada
Jueves 8 de noviembre de 2012, p. 42

El jefe de Gobierno del Distrito Federal, Marcelo Ebrard Casaubon, envió a la Asamblea Legislativa dos iniciativas de reforma, una de ellas para modificar el artículo 224 del Código Penal local, a fin de endurecer las penas a quien robe en casas habitación o lugares destinados para este fin, al imponer como sanción de cuatro a diez años de prisión.

En la propuesta, que será presentada hoy ante el pleno, el mandatario capitalino destaca que a pesar de que se han logrado importantes avances en materia de seguridad pública en la ciudad de México, el robo a casa habitación mantiene su presencia en la incidencia delictiva, por lo que es necesario actualizar las penas previstas para estas conductas.

En la exposición de motivos detalla que este delito se ha caracterizado, en fechas recientes, por la intervención de personas extranjeras, quienes se han organizado para cometerlo y favorecer la salida de los bienes robados a su país de origen, con lo que propician el ocultamiento de éstos y pretenden dificultar la investigación.

Actualmente, el artículo 224 del Código Penal del Distrito Federal señala como pena a quien cometa robo en casa habitación de dos a seis años de prisión.

La otra iniciativa plantea derogar cuatro párrafos del artículo 117 del Código de Procedimientos Civiles, relacionados con los emplazamientos, apelación y ejecución de sentencias, pues a raíz de modificaciones que se hicieron en 2009 a ése y otros preceptos de este ordenamiento se ha provocado que cuando las personas son emplazadas a juicio promueven incidentes de nulidad que obstaculizan la sustanciación de los mismos.

En dichos párrafos se indican requisitos que resultan innecesarios para desahogar esas etapas, como son tomar fotografías de las cédulas de notificación que son adheridas en los domicilios si no se encuentra algunas de las partes del juicio o, en su caso, que alguno de ellos tenga que acompañar al actuario con dos testigos, cuando éste tiene fe pública para esos actos, refiere el documento.

La reforma, aduce el mandatario, tendría por finalidad evitar que este tipo de actuaciones propicien inseguridad jurídica y procesal durante la sustanciación de las diferentes etapas procesales de un juicio.