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Deja de existir la región que incluía municipios de varios estados

Unifican las zonas A y B para fijar los minisalarios; patrones votaron en contra
 
Periódico La Jornada
Sábado 24 de noviembre de 2012, p. 7

La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CNSM) aprobó de manera extraordinaria la unificación de las zonas A y B para establecer el sueldo mínimo, en una decisión en la que el sector privado votó en contra.

Este ajuste implica la desaparición de la zona B, a la que están adscritos diversos municipios de Nuevo León, Jalisco, Tamaulipas, Sonora y Veracruz, mismos que ahora se integrarán a la A, cambio que se traduce en un aumento de 2.9 por ciento en dichas percepciones.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social hizo una petición para que se revisaran mínimos generales y profesionales de los municipios que actualmente integran el área geográfica B.

Los minisalarios se fijan para tres zonas geográficas en el país: A, B y C. En este año esos sueldos quedaron en 62.33 pesos para el área A y 60.57 para la B, lo cual significará un incremento de 2.9 por ciento para los municipios que la conforman, mientras para la región C es de 59.80 pesos. La A comprende el Distrito Federal y el área metropolitana, así como algunas ciudades de los estados de Chihuahua y Sonora, entre otras; la B aplica para estados como Jalisco y Nuevo León, mientras la C está integrada por los estados de Michoachán, Morelos y los del sureste.

La resolución, que entrará en vigor a partir del primero de diciembre, fue aprobada por los 11 votos del sector obrero y el del gobierno, mientras los empresarios votaron en contra.

El Consejo Coordinador Empresarial (CCE) criticó la forma extraordinaria en que se convocó a reuniones en la CNSM y se aprobó esta resolución. Realizar una rezonificación abrupta, por encima del procedimiento y de los tiempos marcados por la ley, además de violentar el estado de derecho dificultará la relación entre los sectores productivos, advirtió en un comunicado el presidente del organismo, Gerardo Gutiérrez Candiani.

Por lo anterior, los empresarios votaron contra dicha resolución, al considerarla carente de fundamentación jurídica y violatoria de los procedimientos vigentes.

El artículo 570 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) determina expresamente que los salarios mínimos se fijarán cada año y comenzarán a regir el primero de enero del año siguiente, agregó el CCE.

Indicó que si bien este artículo confiere a la Secretaría del Trabajo la posibilidad de solicitar a la CNSM la revisión de los salarios cuando las circunstancias económicas lo ameriten, también señala que deberán aportarse las pruebas que muestren la necesidad de hacerlo, situación que no se atendió en esta ocasión.

Lamentó que la manera en que se fijaba el salario mínimo podría distorsionarse, ya que siempre se hace con base en la inflación.