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Diputados debatirán esta semana la minuta que da autonomía al instituto

Renovación de los comisionados, en el centro del debate de la reforma al Ifai

El proyecto establece que el Senado podrá nombrar y remover a los integrantes del organismo

 
Periódico La Jornada
Lunes 18 de febrero de 2013, p. 15

La minuta con proyecto de decreto que reforma 10 artículos de la Constitución en materia de información gubernamental será debatida la próxima semana en la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, con objeto de darle autonomía al Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai), renovar la integración de los comisionados y darle facultad al Senado para nombrarlos, por un plazo de siete años, sin posibilidad de relección.

El proyecto de reforma a los artículos sexto, 73, 76, 78, 89, 105, 108, 110, 116 y 122 establece que el Ifai tendrá patrimonio propio, sus resoluciones serán inatacables y el presidente de la República gozará de capacidad para objetar los nombramientos de los comisionados; en tal caso, el Senado podría proponer nuevos nombramientos.

Se busca, también, incluir en los artículos transitorios de la minuta un apartado específico que garantice al Senado capacidad de remoción de los comisionados cuando éstos incurran en escándalos como el suscitado entre Gerardo Laveaga y Ángel Trinidad Zaldívar.

Para el vicecoordinador de la bancada del PRD en San Lázaro, Miguel Alonso Raya, el debate que se dará en los próximos días girará en torno a resolver las controversias entre los comisionados, o la probable renovación de todo el órgano, sin descartar que los integrantes actuales permanezcan en su posición.

El proyecto de dictamen en sentido positivo a la minuta señala que el artículo sexto constitucional garantiza que toda la información en posesión de cualquier autoridad, persona física o moral, o sindicato es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público o de seguridad nacional.

De esta forma, el Estado, se advierte, contará con un organismo autónomo especializado e imparcial, responsable de garantizar el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública y a la protección de datos personales.

Éste contará con personalidad jurídica y patrimonio propios, así como plena autonomía técnica, de gestión, para proponer su proyecto de presupuesto y determinar su organización interna. Su funcionamiento se rige por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y máxima publicidad.

También, la reforma pretende que las resoluciones del Ifai sean vinculatorias, definitivas e inatacables para los sujetos obligados. El instituto estará integrado por siete comisionados, y para su nombramiento, el Senado o, en sus recesos, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, previa realización de una amplia consulta a la sociedad y con el voto de las dos terceras partes de los legisladores, nombrará al comisionado que deba cubrir la vacante.

El nombramiento podrá ser objetado por el presidente de la República en un plazo de 10 días hábiles. Y si el mandatario no objetara el nombramiento dentro de dicho plazo, ocupará el cargo de comisionado la persona nombrada por el Senado o, en sus recesos, por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.

En caso de que el presidente de la República objetara el nombramiento, el Senado hará una nueva propuesta, pero con una votación de las tres quintas partes del pleno legislativo. Si este segundo nombramiento fuera objetado, el Senado, con la votación de las tres quintas partes de sus miembros presentes, designará al comisionado que ocupará la vacante.

Los comisionados del Ifai durarán en su encargo siete años, sin posibilidad de relección y durante el tiempo de su permanencia en el cargo no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión, salvo en instituciones docentes, científicas o de beneficiencia.