Sociedad y Justicia
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Primer fallo del tribunal interamericano para un caso de ese tipo

Ordena la CIDH proteger la vida de joven a la que no dejan abortar
 
Periódico La Jornada
Viernes 31 de mayo de 2013, p. 40

San José, 30 de mayo

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ordenó este jueves a El Salvador adoptar medidas urgentes para proteger la vida de la joven salvadoreña enferma de lupus, identificada como Beatriz, a quien la justicia de su país negó que se le practique un aborto terapéutico.

En su primera resolución sobre un caso de aborto, la corte, con sede en esta ciudad, ordenó al Estado de El Salvador adoptar y garantizar de manera urgente todas las medidas necesarias y efectivas para salvaguardar la vida de la joven.

Debido a las condiciones de salud de la madre, este embarazo atenta contra su vida, hecho que amerita que se tomen medidas extremas y urgentes para salvaguardar su salud, subraya el organismo.

El pasado miércoles, la sala de lo constitucional de la Corte Suprema de Justicia salvadoreña rechazó la solicitud de Beatriz de abortar, por considerar que su vida no corre peligro.

El tribunal interamericano emitió su resolución al acoger la solicitud de medidas provisionales presentada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el pasado 27 de mayo.

Beatriz es madre de un niño de dos años y tiene 25 semanas de embarazo, pero recientemente fue diagnosticada con lupus eritematoso discoide, enfermedad que debilita el sistema inmunológico, por lo que, según sus médicos, el embarazo pone en riesgo su vida.

Los análisis efectuados a la joven por sus médicos han determinado que el feto padece anencefalia, una ausencia total o parcial del cerebro, y que por tanto morirá al nacer.

No obstante, la sala afirmó que tras una serie de pruebas, que incluyeron un peritaje efectuado a Beatriz por el Instituto de Medicina Legal y el estudio de los informes médicos que se le practicaron en el hospital de Maternidad, se concluyó que no existe la vulneración de derechos a la salud y vida alegados.

Pero la corte determinó que “el Estado deberá adoptar las providencias necesarias para que la señora B. sea atendida por médicos de su elección”.

Destacó que el gobierno “está obligado a garantizar que el equipo médico tratante tenga la protección que corresponda para ejercer plenamente su función de acuerdo a las decisiones que, basadas en la ciencia médica, dicho equipo médico adopte.