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No decimos a quién nombrar: TEPJF

La Permanente sólo debe convocar a periodo extra
 
Periódico La Jornada
Miércoles 26 de junio de 2013, p. 12

La nueva excitativa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) a la Comisión Permanente del Congreso sólo obliga a este órgano a convocar a periodo extraordinario de sesiones, y será la Cámara de Diputados, en ejercicio de sus facultades, la que designe al consejero que falta en el Instituto Federal Electoral (IFE), afirmó el magistrado Constancio Carrasco.

Explicó los alcances de la resolución del TEPJF: no se trató de sugerir a quién o cómo se debe nombrar al consejero, ni quién de los que la propia Cámara auscultó. Tampoco se busca ordenar quién debe ser o no elegido, ni pretendemos dictar a los legisladores el sentido del voto, agregó en entrevista para el programa radial que se transmite por la página de Internet del propio tribunal.

Entrevistado por separado, al término de su participación en un seminario en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, Flavio Galván Rivera insistió en que no se trata de un capricho del tribunal, ni de que un colegiado quiera imponer su voluntad, sino de la aplicación de la Constitución y de la ley.

Precisó que la instrucción fue convocar a periodo de sesiones a la Cámara de Diputados con la finalidad específica de concluir el procedimiento de designación del consejero.

Es potestad de los diputados determinar quién será el consejero. Yo, en lo personal, y no se dice en la sentencia, podría concluir que incluso ellos podrían decir como pleno que los seleccionados no reúnen los requisitos o que ninguno es idóneo para el cargo, es su facultad.

El magistrado señaló: por el momento nosotros no intervenimos, pero las sentencias deben cumplirse y el tribunal tiene facultades constitucionales para hacerlas cumplir.

En tanto, Carrasco dijo que la nueva sentencia se originó a partir de un recurso de inejecución promovido por algunos diputados. Aclaró que el tema de que la sala superior designara al consejero faltante del IFE no fue objeto de la sentencia ni de los agravios formulados por el incidentista en la resolución, ni del incidente de inejecución que hemos decidido.

Pidió entender los alcances de la sentencia, ante los posicionamientos de que pretendemos designar a un nuevo consejero.